Cataluña
El TS confirma la sanción de tres años al juez independentista
Santiago Vidal, senador de ERC, redactó una Constitución catalana
Santiago Vidal, senador de ERC, redactó una Constitución catalana
El magistrado y actual senador de ERC Santiago Vidal, quien participó en la elaboración de una hipotética Constitución catalana y realizó reiteradas declaraciones públicas en defensa de la independencia de Cataluña, no podrá volver a instruir o dictar sentencias hasta febrero de 2018, después de que ayer el Tribunal Supremo confirmara la sanción de tres años que le impuso el Consejo General del Poder Judicial como autor de una falta muy grave de «ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales». La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo no fue unánime, ya que once de sus 32 magistrados consideraron que se debía revocar la sanción, al entender que su actuación no la merecía. Vidal recurrirá al Tribunal Constitucional.
La mayoría de la Sala sostiene que la actuación de Vidal no puede enmarcarse en ningún caso en el ejercicio del derecho fundamental a la libertad de expresión, como sostenía en su recurso, y que, en cambio, sí vulneró su deber básico de respetar la Constitución, algo a lo que estaba obligado como juez.
Con esta resolución del Supremo se avala la decisión que adoptó el CGPJ en febrero de 2015, quien consideró –también en un fallo adoptado por una mayoría de 12 votos a favor frente a nueve– que el entonces magistrado de la Audiencia de Barcelona había incurrido en una falta muy grave al no respetar los deberes constitucionales a los que estaba obligado como juez. De esta forma, el Tribunal Supremo rechaza el recurso del citado magistrado y da la razón a los argumentos esgrimidos por el abogado del Estado, quien pidió que se confirmara la sanción. En su informe de alegaciones al recurso, los servicios jurídicos en representación del CGPJ sostenían que Vidal incurrió en una «deslealtad constitucional» que le llevó a perder su «neutralidad política y sus deberes de imparcialidad e independencia judiciales», por lo que quebró así la «confianza social» que los ciudadanos tienen en los jueces. En ese dictamen se rechazaba de plano que se hubiese vulnerado su derecho a la libertad de expresión : «La conducta sancionada consiste en haber participado, con una intervención especial con otros juristas, en la elaboración de la denominada Constitución catalana, con la finalidad de ponerla a disposición, o exponerla como modelo de quienes, desde diversas instituciones públicas y privadas, habían promovido tanto la celebración de una consulta popular –el «derecho a decidir»– como la independencia de Cataluña», además de intervenir en «más de cien actos públicos», con «una actitud reivindicativa del indicado proceso y consulta», y en los que nunca ocultó su condición de magistrado en activo.
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