Independentismo

El juez de Tsunami Democràtic cita a declarar por videoconferencia a Marta Rovira y a los otros investigados

También investiga los actos celebrados en la jornada de reflexión de las Elecciones Generales de 2019 ante lo que considera "inacción" de la Generalitat liderada por Quim Torra

El juez Manuel García-Castellón, que instruye la causa de Tsunami Democràtic, ha citado a declarar a través de videoconferencia a Marta Rovira y a los investigados Oriol Soler Castanys; Xavier Vendrell Segura; Marta Molina Álvarez; Jesús Rodríguez Sellés; Jaume Cabani Massip; Oleguer Serra Boixaderas y Josep Lluis Alay Rodríguez. Así lo establece en un auto de 13 de mayo de 2024, en el que recuerda que ya han transcurrido "más de cinco meses desde que se acordara esta diligencia" y una vez que los hechos que se investigan están calificados como delitos de terrorismo. También emite una Orden de Investigación Europea (OEI) a Italia sobre Nicola Flavio Giulio Foglia, para que se le localice y declare por videoconferencia. .

En el auto también requiere a la Guardia Civil para que investigue los actos organizados por Tsunami Democràtic en Barcelona, Girona, Tarragona y Lleida durante la jornada de reflexión del 9 de noviembre de 2019, previa a las Elecciones Generales que se celebraron al día siguiente. García-Castellón considera que se puede haber cometido un delito electoral por parte de los organizadores y destaca que hay indicios de "la inacción de la autoridad gubernativa, al omitir el ejercicio de sus funciones en orden a impedir el desarrollo de los actos programados", señala el auto. Según la Junta Electoral Central, esto era competencia de la Generalitat de Cataluña, entonces liderada por Quim Torra.

Los hechos que detalla en el auto pueden constituir "una infracción penal por omisión del deber de perseguir un delito electoral por parte de los responsables políticos de la Generalitat en aquel momento", advierte.

Tal como consta en el auto, Sonia Andolz Rodríguez, Directora General de Seguridad, del Departamento de Interior de la Generalitat de Catalunya respondió por email a la Guardia Civil confirmando que “no consta que Tsunami Democràtic comunicase a esta autoridad gubernativa ninguna concentración para el día 9 de noviembre de 2019 en Barcelona”. Esta contestación se produjo fruto de las diligencias ordenadas en un auto de 26 de enero de 2024 para determinar si la concentración que celebró Tsunami en la jornada de reflexión estaba autorizada.

A su vez, estas diligencias estaban vinculadas a otras, del 27 de noviembre, en relación a estos actos. En ellas se pedía información a la Junta Electoral Central, al Ayuntamiento de Barcelona y a la Guardia Urbana sobre posibles autorizaciones de estos actos y las actuaciones para impedir su celebración, para determinar si se "efectuaron proclamas, discursos, mensajes o cualquier otro acto de naturaleza política expresamente prohibido por la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General)".

El juez destaca la gravedad de estas actuaciones porque el día 1 de noviembre de 2019 "TD convocó a través de Twitter y Telegram a sus seguidores a desobedecer a la Junta Electoral Central (JEC), organizando durante la Jornada de Reflexión del día 9 de noviembre, una serie de actividades culturales, políticas y festivas en todas las ciudades, pueblos y barrios del territorio de la Comunidad Autónoma Catalana, pretendiendo, con ello, interferir en el proceso electoral.

Subvertir el orden constitucional

Para García-Castellón, el hecho de que la plataforma haya elegido esta fecha refleja "la voluntad de TD subvertir el orden constitucional, acometiendo uno de los pilares del sistema democrático instaurado en la Constitución; el libre ejercicio del derecho fundamental de participación política" que contempla la Constitución "mediante la injerencia en el proceso electoral para la elección de las Cortes Generales", señala en el auto.

Estas actuaciones podrían suponer un delito electoral. Y también destaca que "lo que se ha podido conocer, a través de los oficios recabados, es la inacción de la autoridad gubernativa responsable de impedir su desarrollo", que castiga el Código Penal.

Hubo actos en Tarragona, Girona y Barcelona que no se comunicaron, pero que se celebraron. En la Plaza de Cataluña de la ciudad condal se pudo confirmar que "se efectuaron proclamas, discursos o cualquier otro acto de naturaleza política". Pese a ello, la Guardia Urbana no realizó ni denuncias ni atestados, aun cuando a las 19.13 horas "se informa de la presencia de la CUP en los conciertos" y de la presencia de Ernest Maragall, de la lista electoral de ERC que concurría a las elecciones que se iban a celebrar el día siguiente. En Lleida también se produjo un acto no comunicado en el que “se exhiben fotografías de presos políticos”.

Con todos estos antecedentes, el magistrado ordena una serie de diligencias para verificar si hubo autorización por parte de la Dirección General Administración de Seguridad del Departamento de Interior de estos actos en Lleida, Tarragona y Girona. También si hubo proclamas políticas en esas ciudades, además de en Barcelona. Asimismo, pide información sobre si el Departamento de Interior informó al Consejo de Gobierno de la Generalitat de los requerimientos que planteó la Junta Electoral Provincial de Tarragona para evitar estos actos y si hubo alguna orden a los Mossos d'Esquadra para que no actuasen.