Propuesta

Juezas y Jueces para la Democracia llama a eliminar las distinciones entre juez y magistrado para impedir traslados forzosos

La diferenciación, aseguran, "choca con la realidad" y supone un "innecesario perjuicio" para quienes ascienden al verse obligados a cambios de destino

Jueces y Fiscales en el Tribunal Supremo
Jueces y Fiscales en el Tribunal SupremoC Pastrano

Juezas y Jueces para la Democracia reclaman aprovechar la reforma prevista de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para "unificar las categorías de magistrado y juez en la carrera judicial”, lo que “propiciaría mayor estabilidad en los destinos judiciales y un mejor servicio a la ciudadanía”, ya que “evita el ascenso forzoso con el consiguiente traslado, afectando a la conciliación de la vida profesional y familiar de las jueces y jueces”. Esto es, suprimir la distinción entre juez y magistrado, menos en el Tribunal Supremo.

El portavoz de la asociación de jueces, Edmundo Rodríguez recuerda que es un cambio que llevan reclamando treinta años y que la promoción de la categoría de jueza a la condición de magistrada, siempre "ha sido problemática" porque "obliga a cambios de destino indeseados, propicia que haya juzgados con una alta tasa de traslados y destinos poco reclamados, a los que suele abocarse a quien son ascendidos". Así, el portavoz asegura que el actual sistema "perjudica el servicio que se presta a la ciudadanía, profesionales del derecho y sociedad y perturba, también, el desarrollo personal y familiar de la judicatura, al imponer cambios de domicilio y sacrificios innecesarios".

El portavoz de JJpD argumenta que “si la razón de la distinción entre la condición de juez y magistrada es la mayor responsabilidad y experiencia, hoy en día se ha desdibujado y carece de justificación, porque juezas y jueces son destinados, mientras permanecen en la Escuela Judicial, a realizar prácticas en tribunales de la categoría superior”. Añade que “una vez superada la fase de Escuela Judicial, como primeros destinos se ofertan numerosas plazas de magistrado o magistrada que no se cubrieron por los concursos ordinarios de traslados, quedando desiertas”. En estos casos argumenta que “personas que acaban de ingresar en la carrera judicial pueden optar por ejercer en tribunales o juzgados que debieran servir quienes ostentan una categoría superior”.

El magistrado también sostiene que “también quienes integran la categoría de juez y sirven como Jueces en expectativa de destino o Jueces de Adscripción Territorial, son destinados a trabajar en juzgados y tribunales que están reservados a la categoría de magistrado”. En su opinión “la experiencia demuestra, en general, que en estos casos la actividad jurisdiccional no se resiente, ni se produce extrañeza o quejas”. Añade que “El sistema acepta con naturalidad que personas que son jueces o juezas, atiendan responsabilidades propias de magistrados o magistradas”.

De esta manera, para Juezs y Jueces para la Democracia no tiene sentido distinguir las categorías de juez y magistrado. Esta diferenciación "choca con la realidad" y supone un "innecesario perjuicio" para quienes ascienden de categoría, al poder obligar a cambios de destino que perjudican su entorno personal y mailiar. Además considera que “se produce una palpable discriminación de los jueces y juezas que sirven en órganos de la magistratura, al realizar una prestación que está previsto tenga una retribución superior, que no se reconoce, generando una litigiosidad innecesaria cuando se reclama el reconocimiento a percibir la base retributiva superior”.

Esas razones llevan a Rodríguez a defender que “para mejorar la calidad de la función jurisdiccional y el servicio que presta la administración de justicia, evitar traslados innecesarios y reconocer la prestación semejante al de magistradas y magistrados, debe aprovecharse la reforma legal en trámite para suprimir la distinción entre juez/a y magistrado/a, de modo que toda la judicatura, excepto quienes integran el Tribunal Supremo, constituya una sola categoría, pudiendo cubrirse cualquier plaza conforme a las normas legales que disciplinan los concursos de traslados”.