Ministerio de Justicia
La Fiscalía acusará de rebelión a Trapero
Prevé mantener el mismo delito que los fiscales del Supremo respecto a los líderes del «procés», como adelantó ayer LA RAZÓN, y defiende su papel clave al frente de los Mossos tanto en los altercados del 20 de septiembre como en el 1-O.
Prevé mantener el mismo delito que los fiscales del Supremo respecto a los líderes del «procés», como adelantó ayer LA RAZÓN, y defiende su papel clave al frente de los Mossos tanto en los altercados del 20 de septiembre como en el 1-O.
La Fiscalía se inclina por acusar también a Josep Lluís Trapero del delito de rebelión, pese a que la entonces magistrada de la Audiencia Nacional Carmen Lamela procesó al ex jefe de los Mossos d´Esquadra por dos delitos de sedición y uno de organización criminal por su papel en el proceso independentista. Según ha podido saber LA RAZÓN, la acusación contra Trapero del Ministerio Público estará finalmente en consonancia con la que mantenga la Fiscalía del Tribunal Supremo contra los principales líderes del desafío soberanista en el juicio que comenzará en el Alto Tribunal a finales de año o comienzos de 2019. Esa acusación puede también hacerse extensiva, añaden esas mismas fuentes, a otro de los procesados por Lamela en la causa que mantiene abierta la Audiencia contra la ex cúpula de la Policía autonómica. La magistrada procesó a Trapero por los delitos de organización criminal y dos delitos de sedición por los hechos ocurridos el 20 y 21 de septiembre frente a la Consejería de Economía en Barcelona y por la jornada del 1 de octubre; por organización criminal y un único delito de sedición, por lo sucedido el 1 de octubre, al ex director de los Mossos Pere Soler y al ex secretario general de Interior de la Generalitat César Puig, así como a la intendente Teresa Laplana por un delito de sedición, en su caso por los hechos del 20 y 21 de septiembre ante la Consejería de Economía.
La Fiscalía defiende el papel nuclear de Trapero al frente de los Mossos durante la hoja de ruta independentista, sobre todo en los altercados registrados el 20 de septiembre del pasado año frente a la Consejería de Economía de la Generalitat, cuando la comisión judicial encargada de los registros quedó retenida en el interior de la sede durante horas ante la pasividad de los Mossos, que según apuntó la propia Lamela en su auto de procesamiento se dedicaron «a obstruir cualquier actuación que bloquease el plan estratégico hacia la independencia». En la jornada electoral del 1-O, la magistrada sostiene que su actuación fue «de total inactividad», aunque «enmascarada bajo los principios de actuación policial de proporcionalidad, congruencia y oportunidad». Asimismo, las fuentes consultadas recuerdan que el Ministerio Público no está obligado, en su calificación provisional, por los delitos que atribuye el instructor a los investigados en el auto de procesamiento incluso, como es el caso, pese a que no recurriese esa resolución de Lamela, toda vez que lo relevante es respetar los hechos contenidos en el procesamiento, aunque la calificación jurídica que pueda presentar la Fiscalía sea distinta. Y esto es lo que, previsiblemente, sucederá: la acusación pública entiende que el relato de hechos encaja perfectamente en el delito de rebelión y no en el de sedición, aunque a la vista del desarrollo del juicio y de las pruebas practicadas pueda en las conclusiones definitivas modificar esa calificación.
De hecho, añaden, en sus escritos a lo largo de este procedimiento, la Fiscalía de la Audiencia Nacional se ha referido en varias ocasiones a los delitos de sedición o rebelión. «¿Cómo se va a acusar de rebelión al conseller de Interior y no a la ex cúpula de los Mossos?», se preguntan señalando la supuesta responsabilidad de ambos en los episodios violentos registrados tanto el 20-S como en la consulta soberanista del 1-O. De hecho, el entonces conseller de Interior Joaquim Forn (en prisión desde el 2 de noviembre del pasado año) aseguró al juez Pablo Llarena que la responsabilidad del despliegue policial el día de la consulta era de los «uniformados» y que él no impartió ninguna orden sobre el dispositivo.
La decisión de acusar también a Trapero de rebelión en el juicio que se celebrará en la Audiencia Nacional cuando concluya la vista oral en el Supremo contra los líderes independentistas se ha ido perfilando en las sucesivas reuniones mantenidas entre fiscales del Alto Tribunal y de la Audiencia adscritos a las causas del «procés» y contaría ya con el visto bueno de la fiscal general del Estado, María José Segarra.
A diferencia de algunos de los procesados en el Tribunal Supremo, Trapero no hizo ningún pronunciamiento público a favor de la votación y, subrayan fuentes jurídicas, «se cubrió las espaldas» avisando por escrito al coronel Diego Pérez de los Cobos, que estaba al mando del operativo policial el 1-O, de que no podía garantizar la seguridad por falta de efectivos suficientes.
De esta forma, la Fiscalía de la Audiencia Nacional irá en la misma línea que la del Supremo, que tal como informó ayer este periódico, prevé acusar del delito de rebelión a los considerados principales responsables políticos del «procés», y que, presuntamente, son los que están encarcelados, el ex vicepresidente de l a Generalitat Oriol Junqueras, seis ex consellers y los ex líderes de ANC yÓmnium Cultural, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart. La Fiscalía individualizará las acciones, y, en función de las mismas, individualizará las penas para cada uno de ellos. Sólo resta que el borrador definitivo reciba el visto bueno de la fiscal general.
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