País Vasco

La Junta electoral constatará hoy que Otegi no puede ser candidato

La decisión final será adoptada en última instancia por el Tribunal Constitucional en septiembre

El cartel del no candidato Otegi
El cartel del no candidato Otegilarazon

Los magistrados de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa María del Carmen Bildarraz Alzuri, Jone Unanue Arratibel y Felipe Peñalba, así como la decana del Colegio de Abogados de Guipúzcoa, Lourdes Maiztegi, y el catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad del País Vasco Iñaki Aguirreazkuenaga ha adoptado hoy la primera resolución sobre si Arnaldo Otegi puede concurrir como cabeza de lista por Bildu en las próximas elecciones autonómicas del País Vasco. Mañana se le comunicará la decisión a la coalición soberanista, según han informado a Europa Press fuentes del órgano electoral

En un principio, la decisión no debería plantear muchos problemas, toda vez que, según las fuentes jurídicas consultadas por este periódico, «se trata sólo de ver que la persona sobre la que pesa la inhabilitación para ser elegida cargo público es la misma que figura en la candidatura». En este caso, los cinco integrantes de la Junta Electoral de Guipúzcoa disponen desde hace días de las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo, donde, además de la pena de prisión que se impuso a Otegi –rebajada por el Supremo de diez a seis años– se mantuvo la inhabilitación especial parea empleo o cargo público.

Por ello, «no debería haber muchos problemas, pues el sujeto sobre el que pesa la inhabilitación es el mismo que aparece en la candidatura» impugnada. Es un asunto que, a priori, parece muy claro».

La Junta electoral de Guipúzcoa constatará hoy su inhabilitación. La decisión final la tomará el Constitucional en septiembre

Sin embargo, las dudas que se plantean es si es aplicable la «doctrina Casanova», condenado a once años de prisión por su vinculación con ETA, quien pudo presentarse a unas elecciones porque no se especificaba en la sentencia los cargos para los que estaba inhabilitado. Éste es el argumento al que se agarra para defender que Otegi puede ir de número uno en su candidatura.

No es otro «caso Casanova»

Sin embargo, su caso es diferente, ya que en lo que se refiere a Otegi consta que, además de la inhabilitación especial, aunque tampoco se especifican los cargos, pesa también sobre él la inhabilitación para el sufragio pasivo, cuyo fin se fijó en 2021 y que el ex dirigente batasuno no recurrió ante el Supremo. Esta inhabilitación para el sufragio pasivo es la que impediría que pudiese ocupar un escaño en el próximo Parlamento vasco. Éste es uno de los argumentos claves que sostiene la Fiscalía para defender que Otegi no puede ser candidato. En todo caso, la decisión de hoy no será definitiva, ni mucho menos. La misma será recurrida, bien por Bildu o por la Fiscalía u otras candidaturas, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de San Sebastián, cuya decisión podrá igualmente ser impugnada ante la Junta Electoral Central. Sin embargo, todo hace indicar que la última palabra la tendrá el TC en septiembre.

Dos de los tres jueces «absolvieron» a «Egunkaria»

María del Carmen Bildarraz fue elegida decana de los jueces de San Sebastián. Jone Unanue no ha ocupado cargos «públicos». Sin embargo, ambas han compartido destino profesional en la sección tercera de la Audiencia de Guipúzcoa, y ambas formaron parte de la Sala que confirmó en 2014 el archivo de la última pieza del «caso Egunkaria», sobre su entramado económico, al rechazar el recurso del fiscal contra el fallo del juez de lo Penal número 3 de San Sebastián.