“Tsunami Democràtic”:

El TS pide a la Fiscalía que se pronuncie sobre si debe investigar a Carles Puigdemont por terrorismo

Es el primer movimiento que realiza el alto tribunal desde que en noviembre el juez instructor García Castellón enviara la exposición razonada para que el Supremo asuma la investigación

El Tribunal Supremo (TS) ha solicitado a laFiscalía que se pronuncie sobre su competencia para investigar a Carles Puigdemont y también sobre la exposición razonada del juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón. En ella, el instructor ve indicios de delito de terrorismo en las actuaciones desarrolladas por el expresidente de Cataluñamarco de la causa contra “Tsunami Democràtic, que investiga los disturbios que se produjeron en esa comunidad autónoma tras conocerse la sentencia del “procés”.

Así lo ha manifestado la Sala de lo Penal en una providencia enviadaal Ministerio Fiscal. En ella se designa ponente de este asunto al magistrado Juan Ramón Berdugo, que deberá proponer a la Sala si procede o no la admisión de la causa que ha llevado el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6.

García Castellón envió en noviembre la exposición razonada para que el TS investigue a Puigdemont, que es eurodiputado, así comoa Rovira y a otras 10 personas por presuntos delitos de terrorismo.

Para el instructor, los hechos que ha investigado son "susceptibles de integrar un delito de terrorismo" y así lo sostiene en el documento de 101 páginas que ha remitido al alto tribunal. En la exposición razonada cree que Puigdemont se situaba en el punto más alto de la jerarquía de Tsunami Democràtic”, dado que surol como expresidente de la Generalitat y líder del independentismo desde Bruselas “le atribuye una posición de autoridad incuestionable".

Para llegar a esta conclusión, el magistrado se basó en el contenido de los mensajes de móvil que intercambiaron su jefe de gabinete, Josep Lluís Alay, y el empresario Jesús Rodríguez, así como en la agenda del primero o el apoyo de Puigdemont al lanzamiento de Tsunami Democràtic a través de su cuenta en la red social Twitter, ahora “X”.

El instructor considera que la práctica de diligencias la debe asumir el Tribunal Supremo debido a quetanto Puigdemont, como europarlamentario, como Rubén Wagensberg, en calidad de parlamentario catalán, están aforados.

Querella por delito de odio

Por otra parte, la Sala de lo Penal ha inadmitido a trámite de una querella contra Puigdemont por delito de odio. El querellante, un particular, acusó al expresidente catalán de alentar altercados públicos y de actos contra una parte de la población de Cataluña a través de mensajes en distintos medios de comunicación social. Aseguró que su propia familia había sufrido actos de humillación, caceroladas e insultos, y que por parte de sus vecinos eran llamados fascistas.

El tribunal considera que el querellante se limita en su escrito a ratificar la denuncia que presentó el 1 de octubre de 2017, “cuyo contenido consta en autos y no relata más que unos acontecimientos históricos que ya fueron juzgados por esta Sala, como el querellante reconoce, y decididos mediante la conocida sentencia de 14 de octubre de 2019, denominada del 'procés'”.

El TS descarta que existan indicios de delito de odio, “ni siquiera a efectos meramente indiciarios y provisionales que justificaran una investigación, por cuanto no se identifica un colectivo vulnerable atacado mediante las expresiones de odio, que más bien resultan pretensiones políticas de independencia, que por sí mismas no constituyen delito, mientras no se franquee la frontera de la violencia o de la unilateralidad (…)”.

Tal como señala el Ministerio Fiscal en su informe, para que se dé este delito no basta con expresar ideas u opiniones, sino que se requiere que se anime a cometer hechos discriminatorios que supongan un riesgo real. En caso de incitación indirecta, esta debe ser pública y tener el potencial suficiente para poner en peligro a los colectivos afectados. Los dichos de Puigdemont se enmarcan en el ejercicio de su libertad ideológica y de expresión, concluye el tribunal.