Alegaciones

Los policías heridos en una protesta de Tsunami reclaman que no se aplique la amnistía a Puigdemont y Marta Rovira

La acusación insiste en que las agresiones a los agentes supusieron "graves violaciones de derechos humanos", al poner en riesgo su vida e integridad física

Incidentes tras la manifestación convocada por Tsunami Democratic por el partido entre el FC Barcelona-Real Madrid en el Camp Nou, a 18 de diciembre de 2019 18 diciembre 2019
Incidentes tras una protesta convocada por Tsunami Democràtic en 2019 por la sentencia del "procés"Ep/ Zorraquino

Dos policías personados como acusación particular en el "caso Tsunami Democrátic" reclaman al Tribunal Supremo y a la Audiencia Nacional que no apliquen la Ley de Amnistía a Carles Puigdemont, Marta Rovira y al resto de investigados por terrorismo en ambos tribunales por su supuesta responsabilidad en las protestas impulsadas por la plataforma independentista en 2019 en protesta por la sentencia del "procés". Según su criterio, ambas causas "no pueden incluirse en el círculo de hechos amnistiables".

El expresident y el diputado de ERC fugado Ruben Wagensberg están investigados por el Supremo dada su condición de aforados, mientras que Marta Rovira y otras nueve personas, entre ellas el jefe de gabinete de Puigdemont, José Luis Alay, están imputados en la Audiencia Nacional en la causa que instruye el magistrado Manuel García Castellón. La Fiscalía ya ha pedido en ambos procedimientos que se aplique a todos ellos la Ley de Amnistía, al considerar que, incluso en el caso de que los hechos se consideren terrorismo no se produjeron graves violaciones de derechos humanos, supuesto que la norma excluye de su ámbito de aplicación.

En su escrito de alegaciones, la defensa de los dos agentes heridos durante los altercados en la jornada de "huelga general" celebrada en Cataluña en octubre de ese año tras hacerse públicas las condenas a los líderes del "procés", defienden que los investigados

La acusación particular recuerda que tanto el terrorismo como la traición "siguen apareciendo en la ley como delitos no amnistiables en determinados supuestos, algo que Junts rechazaba de plano hasta el momento". Y llaman la atención sobre la exigencia de Junts y ERC de que "solo se excluía la amnistía para aquellos hechos que supongan violaciones graves de derechos humanos" con el objetivo de incluir bajo el paraguas de la inmunidad tanto a los investigados en el "caso Tsunami" como a los doce procesados de los Comités de Defensa de la República (CDR).

La afirmación de que "solo una mínima clase de crímenes merecen ser tratados como terrorismo", argumentan, "es incompatible con la amplitud de la definición que del terrorismo se deriva de la lectura del artículo 573 del Código Penal".

Son muchas las acciones que directa o indirectamente comportan graves violaciones de derechos humanos, argumenta la defensa de los dos agentes, "pues en cabeza de estos van la vida y la integridad física, y es preciso recordar el riesgo que para la vida e integridad física conlleva

colocar tachuelas por donde con seguridad van a circular unos ciclistas, que podían caer en ellas y precipitarse al vacío, o incendiar autobuses o contenedores, o las agresiones directas a miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad con graves consecuencias personales y profesionales, como es el caso de quienes representamos".

Para la acusación, "a priori no pueden incluirse en el círculo de hechos amnistiables los que se relacionen con las actividades de los llamados CDR y el movimiento Tsunami Democratic".

Además, se quejan de que la norma adolece de "una redacción llena de rincones intencionadamente oscuros y de interpretaciones forzadas de los delitos que se pretenden amnistiar" y defiende que los líderes del "procés" se "enriquecieron" al malversar dinero público para financiar el desafío soberanista. "Ese efecto se produce también -subrayan- cuando se realizan gastos por interés personal y se imputan al presupuesto público, de modo tal que se alcanza un beneficio personal (promover las opciones políticas propias) utilizando dinero ajeno".

La defensa de los agentes hacen suyos los argumentos expuestos por los cuatro fiscales del "procés" -opuestos a aplicar la Ley de Amnistía a la malversación que se imputa a Puigdemont y por la que fue condenado, entre otros, Oriol Junqueras- y mantienen que "aquella malversación supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto y esto les produjo un beneficio".

Los abogados de los dos agentes, José María e Ignacio Fuster-Fabra, hacen hincapié en ese escrito en que la polémica norma vulnera el principio de igualdad y la tutela judicial efectiva por lo que consideran "una redacción llena de rincones intencionadamente oscuros y de interpretaciones forzadas de los delitos que se pretenden amnistiar".

En su escrito, también se refiere al delito de traición que el juez Joaquín Aguirre imputa, entre otros, a Carles Puigdemont, en la investigación de la "trama rusa" del proceso independentista en Cataluña. Para los letrados de los dos policías, "la realidad del nivel de amenaza que supusieron las conversaciones de líderes independentistas y su entorno con representantes del Gobierno ruso, no se puede determinar sin previamente llevar a cabo una indagación completa a través de la instrucción".

La acusación del "caso Tsunami" cree, en definitiva, que la Ley de Amnistía es "incompatible con la Constitución Española, con el derecho de la Unión Europea y con las funciones de prevención y retribución que corresponden al derecho penal".

Según exponen los dos letrados, lo que hace la ley es "ocultar bajo la amnistía un indulto generalizado, con la agravante de que no solo se perdona la pena sino que borra el delito, solo para un determinado territorio y para unas determinadas personas de una determinada ideología, todo ello prohibido en nuestro ordenamiento jurídico".

Y califican de "asombroso y ofensivo para el común de la sociedad española" que se apruebe una medida extraordinaria de gracia justificada "por la bondad del fin perseguido (normalización política en Cataluña) a la vez que públicamente los principales beneficiados hacen ostentación y alarde de su voluntad de repetir los hechos delictivos amnistiados".

En su opinión, la norma adolece de "una ambigüedad impropia de un texto jurídico" que arroja sombras sobre "el alcance de la misma, lo que afecta a la seguridad jurídica y puede dar lugar a la arbitrariedad", por lo que "rompe el principio constitucional de igualdad", pues la conducta

punible penalmente "recibe un tratamiento diferenciado dependiendo del sujeto que la comete, y de los motivos de su acción, además de alcanzar a la diferencia de territorio dentro del Estado (dentro o fuera de Cataluña)".