Ley para el "procés"

¿Por qué la mayoría del Consejo Fiscal aboga por emitir un informe sobre la amnistía? García Ortiz dice "no"

El borrador de la Asociación de Fiscales sostiene que “no existe obstáculo alguno" para que el Consejo Fiscal emita este dictamen

La Fiscalía General del Estado se ha negado dos veces a emitir un informe sobre la amnistía, rechazando sendas solicitudes que le ha planteado la Mesa del Senado. El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, asegura que no está en las funciones del Ministerio Público emitir este tipo de dictámenes sobre una proposición de ley que está en trámite y que su opinión puede influir en las decisiones que adopten los fiscales en el desarrollo diario de sus funciones. Pero la Asociación de Fiscales (AF), con seis vocales en el Consejo Fiscal, ha expresado los motivos por los que considera que este órgano debe emitir un dictamen sobre la futura ley de amnistía.

Estos argumentos aparecen precisamente en el primer apartado del borrador de informe que acaban de publicar. Se trata de un documento extenso, de 160 páginas, que enviaron a García Ortiz para su debate y aprobación se incluyera en el próximo pleno del Consejo Fiscal, que tendrá lugar el 25 de abril. Y también para que el fiscal general del Estado nombrase a un vocal ponente. Sin embargo, García Ortiz ha rechazado por tercera vez el requerimiento planteado por la asociación mayoritaria para que se elabore un dictamen. Una decisión que ha desatado la indignación en los seis vocales de la AF que integran el Consejo Fiscal.

En el borrador de informe, al que ha tenido acceso LA RAZÓN, se incluye un apartado titulado “Antecedentes y competencia del Consejo Fiscal”. En él se da cuenta de los argumentos que discuten la decisión de García Ortiz de cerrar las puertas a debatir y votar un informe sobre la amnistía, a pesar de que esta iniciativa legislativa “incide de manera relevante en el ámbito funcional propio del Ministerio Fiscal”, tal como indica el borrador.

La asociación mayoritaria concluye en poco más de cuatro páginas que no existe obstáculo alguno, sino todo lo contrario, para que el Consejo Fiscal emita este informe. En insiste en que “el deber general de colaboración con las Cortes se predica del Ministerio Fiscal como institución, no del fiscal general del Estado”, subraya el documento, que indica que dentro de su estructura, es el Consejo Fiscal el órgano encargado de informar de propuestas legislativas que afecten a la estructura, organización y funcionamiento del Ministerio Fiscal.

Según detalla el borrador, la aplicación de una medida de gracia como la que beneficiará a los delitos del “procés” de Cataluña “influye radicalmente en determinados procesos penales, ya culminados por sentencia firme o en tramitación, en los que el Ministerio Fiscal interviene como parte necesaria” y también “sobre los que habrá de pronunciarse en relación con las responsabilidades penales y civiles correspondientes”

Además, subraya que la posición del Ministerio Fiscal en el ámbito de la jurisdicción constitucional por su condición de órgano encargado de actuar en defensa de la legalidad y de los derechos de los ciudadanos y por su relevancia en el planteamiento y resoluciones de cuestiones de inconstitucionalidad.

Por otra parte, el texto que propone la AF destaca que la futura ley de amnistía incide en materias propias de la jurisdicción contable seguida ante el Tribunal de Cuentas o en las responsabilidades administrativas sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa, sobre las que el Ministerio Fiscal tiene asignadas algunas funciones.

También señalan el artículo 10 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal que “constituye una sólida habilitación legal para emitir este informe”. En él se indica que existe un deber general de colaboración del Ministerio Fiscal con las Cortes Generales, “a requerimiento de estas y siempre que no exista obstáculo legal”, indican.

Para la Asociación de Fiscales, no es un obstáculo que el Estatuto no prevea expresamente que el Consejo Fiscal sea competente para emitir informes sobre proposiciones de ley. Además, señalan en el documento de trabajo, no existe ninguna sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que impida la elaboración del informe que el Senado le ha requerido en dos ocasiones al fiscal general del Estado.

Por otra parte, el artículo 14.4 del Estatuto sí incluye como atribución del Consejo Fiscal la posibilidad de emitir un informe sobre “proyectos de ley” que, según la asociación mayoritaria, no se debe interpretar de forma literal, ya que en la normativa que rige la creación y funcionamiento del Consejo se incluye entre sus funciones la de informar de “anteproyectos de ley” que afectan a la estructura, organización y funciones del Ministerio Fiscal.

“Lo relevante -señala el texto- no es la forma concreta que adopte la propuesta legislativa, sino la necesidad de que la institución pueda emitir un informe sobre un texto prenormativo que afecta de manera significativa a su ámbito funcional” e insiste en que se pueden emitir informes sobre una proposición de ley “si así lo solicita una de las cámaras legislativas que integran las Cortes Generales, con las que existe un deber de colaboración”.

Y también incluye jurisprudencia del Tribunal Constitucional que recalca que, aunque las proposiciones de ley no requieren de la emisión de informes previos, las Cortes Generales puedan solicitar informes a distintos órganos, como el CGPJ o el Consejo Fiscal, sobre cualquier cuestión o asunto de su incumbencia institucional.

Pese a todos estos argumentos, que se incluyen en el borrador enviado a García Ortiz, el fiscal general del Estado se mantiene en su postura de no emitir un informe sobre la ley de amnistía, tal como lo ha requerido el Senado en dos ocasiones.