Amnistía

Sociedad Civil Catalana también rechaza que Puigdemont declare por videoconferencia por Tsunami

La acusación respalda la petición de la defensa de los dos agentes heridos en las protestas de que comparezca de forma presencia en el Supremo

El candidato de JxCat y expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, protagoniza este sábado un acto en Elna, en el sur de Francia, para presentar su candidatura a las elecciones catalanas del 12 de mayo.
Carles Puigdemont, expresidente de la Generalitat, en un mitinDavid BorratAgencia EFE

Sociedad Civil Catalana (SCC), una de las cuatro acusaciones populares del "caso Tsunami", también se opone a que Carles Puigdemont declare por videoconferencia sobre su supuesta responsabilidad en los altercados provocados por la plataforma independentista en 2019 en protesta por la sentencia del "procés", tal y como acordó la magistrada Susana Polo, instructora de la investigación por terrorismo abierta en el Tribunal Supremo contra el expresidente de la Generalitat y el diputado de ERC, huido a Suiza, Ruben Wagensberg.

En las alegaciones que ha presentado ante la Sala Penal del alto tribunal, Sociedad Civil Catalana se adhiere "íntegramente" a los argumentos esgrimidos por la representación de dos policías heridos en la "huelga general" convocada en Cataluña el 18 de octubre de 2019 tras hacerse pública la sentencia que condenó a penas de hasta trece años de prisión a los líderes del proceso soberanista.

Por el momento, ni la Fiscalía ni el resto de acusaciones populares -Dignidad y Justicia y el abogado cordobés Francisco Velasco- se han pronunciado al respecto.

La magistrada Susana Polo citó a declarar como imputados por videoconferencia a Puigdemont y Wagensberg en una fecha sin determinar entre el 17 y el 21 de junio. Al tratarse de una comparecencia voluntaria -al ser aforados necesita antes cursar el suplicatorio para recabar el permiso de la Eurocámara y del Parlamento de Cataluña, respectivamente-, la instructora dejó en manos de los investigados la determinación de la fecha concreta dentro de esa horquilla temporal.

Pero la acusación particular que representa a dos policías heridos en el centro de Barcelona durante esa jornada de huelga recurrió esa decisión y ha pedido a Polo que obligue a Puigdemont a comparecer presencialmente en el Tribunal Supremo al considerar que una declaración telemática no garantiza las condiciones de seguridad que requiere una citación de estas características, y más teniendo en cuenta -subrayaba- la gravedad de los hechos que se investigan.

No tienen "domicilio fijo"

Según la defensa de los dos agentes, que ejerce el despacho Fuster-Fabra, esa declaración por videoconferencia no está justificada porque se desconoce "el verdadero paradero y domicilio de los investigados", por lo que la comparecencia no podría llevarse a cabo "con las garantías necesarias establecidas legalmente".

La acusación particular incidía en que ni Puigdemont ni Wagensberg "tienen un domicilio fijo en el extranjero, pues cada aparición pública que realizan tienen una localización distinta". Desconociéndose el lugar exacto en el que se encuentran, y encontrándose "en situación de rebeldía e incomparecencia voluntaria a la acción de la Justicia" -argumentó- no hay razones para acordar ese interrogatorio telemático que -alertaban- podría vulnerar "los principios de oralidad, inmediación y contradicción", así como el derecho de defensa.

Según exponen en su recurso, esta decisión supondría además "un cambio radical de criterio" en la práctica habitual del Tribunal Supremo, pues por ejemplo el magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del "procés", se negó a acordar declaraciones por videoconferencia de los investigados.

En su escrito advertían incluso de la posibilidad de que esa declaración "pueda ser llevada a cabo por una persona que no sea su titular, o incluso, mediante algún artificio de la imagen que pueda suplantar su identidad", al no contar con un funcionario que pueda comprobarlo.

"Liderazgo absoluto"

El pasado febrero, la Sala Penal del Tribunal Supremo acordó por unanimidad investigar por terrorismo a Puigdemont ante los indicios de que estuvo informado desde el principio de la constitución de la plataforma organizada "para la subversión del orden constitucional y desestabilización grave de las instituciones democráticas, impidiendo a los poderes públicos cumplir sus resoluciones".

Tras dar por buenos los indicios que le sitúan en la génesis de la plataforma independentista -las reuniones en Ginebra previas al lanzamiento de Tsunami Democràtic-, los magistrados le atribuyeron el "liderazgo absoluto" y la "autoría intelectual y asunción de las riendas" de la iniciativa, considerando que "hubiera podido evitar" los hechos investigados "retirando su apoyo carismático" a Tsunami. Aunque, precisaban, "lejos de eso, animó a seguir en las acciones violentas que se desarrollaron con su conocimiento y consentimiento".