Asistencia jurídica

Las sucesivas subidas del salario mínimo torpedean el acceso a la justicia gratuita de las familias

Este problema se podría solucionar volviendo al SMI como indicador para contar con un abogado del turno de oficio o incrementando el baremo del IPREM

Las peticiones de justicia gratuita han vuelto a los niveles de antes de la pandemia
Imagen de un juicioEUROPA PRESSEUROPA PRESS

El alza en el salario mínimo interprofesional (SMI) tiene una “cara B”, un efecto adverso entre los colectivos vulnerables. Y es que, en determinados casos, obstaculiza el acceso a la justicia gratuita. Por ejemplo, una familia formada por una pareja y un menor de edad, en la que los dos adultos ingresan el salario mínimo, no cumple con los requisitos de renta necesarios para contar con un abogado de oficio. Sin embargo, una persona soltera y sin cargas que ingresa el mínimo sí tiene acceso a la justicia gratuita.

La explicación a esta situación injusta y desequilibrada está en que se tiene en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es el índice de referencia para el acceso a ayudas, subvenciones o subsidios. Y también, desde 2006, es el indicador que sirve para determinar quién accede y quién no a este servicio, que prestan unos 46.000 abogados adscritos al turno de oficio, según datos del Consejo General de la Abogacía Española.

Es la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita la que fija los requisitos de renta para acceder. Las personas que no estén integradas en una unidad familiar ni tengan cargas, deben demostrar que sus ingresos no superan dos veces el IPREM; las familias con menos de cuatro miembros no deben superar 2,5 veces dicho indicador, mientras que las unidades familiares con cuatro o más integrantes no pueden superar tres veces ese índice.

En el caso de la familia del ejemplo citado, a pesar de que los ingresos que entran en casa son dos salarios mínimos, superan con creces el IPREM. El problema está en que el incremento del salario mínimo ha sido mucho mayor (y lo seguirá siendo con la próxima subida) que el aumento del IPREM. Los ajustes al alza no han ido acompasados ni se han realizado de forma coordinada para evitar que queden fuera.

Así lo ha explicado el abogado Juan Manuel Mayllo a LA RAZÓN, que confirma que cada vez que se ha subido el salario mínimo, este incremento no se ha ajustado de forma paralela con el IPREM. Desde su punto de vista, no tiene sentido que sí se facilite el acceso a una persona individual y sin cargas familiares y no a familias con uno o más hijos en los que los progenitores cobran el SMI

“Estos casos no entran, no hay excepciones”, explica el también vocal de la Comisión Central de Asistencia Jurídica Gratuita del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid (ICAM). Solo se permite el acceso en determinadas situaciones que están protegidas, como los trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social (para defender sus derechos laborales), las víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos (en juicios por su condición de víctimas), los menores de edad y las personas con discapacidad psíquica cuando sean víctimas de situaciones de abuso o maltrato.Son casos que están listados en la propia ley.

El especialista recuerda que, originalmente, la Ley de Asistencia Gratuita sí tenía como referencia el salario mínimo interprofesional, pero a partir de 2013 se pasó al IPREM, que se fija a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y que, aunque se ha ido actualizando año tras año, dichos incrementos se han quedado rezagados respecto del ritmo de crecimiento del salario mínimo.

“Tal como está la norma, el soltero sin hijos que ingresen el mínimo sí tiene justicia gratuita, pero una pareja con cargas en la que haya dos ingresos mínimos no la tienen”, insiste.

Los representantes de la Asociación de Letrados y Letradas por un Turno de Oficio Digno (ALTODO) se han dirigido en varias ocasiones al Ministerio de Justicia para pedir que solucione este fenómeno que repercute en el acceso a los órganos jurisdiccionales de las personas más vulnerables y las deja en la indefensión frente a los conflictos legales que les pueden afectar. También han presentado dos quejas ante el Defensor del Pueblo por este motivo.

Para ellos, la solución pasa o bien por ajustar el IPREM al alza, lo que podría tener efectos colaterales no deseados en la entrega de prestaciones y asistencia a personas vulnerables, o bien en retornar al salario mínimo como referencia para el acceso a un abogado de oficio. Esta vía parece más aceptable. Una tercera alternativa sería modificar el baremo del IMPREM, subiendo los ingresos: es decir, en vez de no superar 2,5 veces este indicador, ponerlo en 3,5 veces.

Si la situación se mantiene sin cambios, se seguirá penalizando algunos casos que sí tienen dificultades para pagar los servicios de un abogado, a pesar de que la asistencia gratuita es un derecho que se recoge en la propia Constitución, en su artículo 119, que dice que "la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar”. A priori, esa familia del ejemplo, que tiene un hijo y que ingresa dos salarios mínimos parece encajar en esta previsión de necesidad, pero si no se impulsa un cambio, quedarían marginadas del sistema.

Los distintos caminos del IPREM y del SMI

Ni el IPREM ni el SMI han tenido recorridos similares en cuanto a su incremento en los últimos años. El primer indicador entró en vigor a partir del 1 de julio de 2004 y en ese momento se transformó en la referencia para el acceso a ayudas y subsidios, mientras que el SMI se limitó al ámbito laboral.

El IPREM comenzó en los 460 euros y fue subiendo año tras año hasta 2010. A partir de entonces y hasta 2016, se mantuvo en 532 euros. De 2017 a 2020, permaneció estable en 537 euros. A partir de 2021, empezó a subir anualmente. Ese año, llegó a los 564 euros; en 2022, a 579 euros; en 2023 alcanzó los 600 euros. Ahora, habrá que esperar a que se aprueben los presupuestos de 2024 para conocer su revalorización.

Por su parte, el salario mínimo experimentó pequeños ajustes entre 2008 y 2016, pasando de los 600 a los 635 euros en ese rango de años. En 2017, se situó en 707 euros, mientras que en 2018 alcanzó los 735 euros.

A partir de ese momento, mostró un incremento considerable cada año, a diferencia de los ejercicios anteriores. En 2019 saltó a los 900 euros. Al año siguiente, subió a 950 y en 2021 llegó a 965 euros. Hasta los 1.000 euros subió en 2022 y en 2023 se situó en 1.080. Ahora, el Ministerio de Trabajo y los sindicatos han pactado un incremento del 5% para 2024, hasta los 1.134 euros mensuales en 14 pagas.