Tribunales

La Audiencia de A Coruña avala que una menor de 13 años deje de ver a su padre por el miedo que le tiene

La investigación subraya que "la insultaba y amenazaba": "Siempre está de mal humor, se enfada por todo y me dice que me va a estampar contra la pared"

Audiencia Provincial de A Coruña
Audiencia Provincial de A CoruñaMarcos Míguez

La sección tercera de la Audiencia Provincial de A Coruña ha ratificado el derecho de una niña de 13 años a no mantener visitas con su padre, a pesar de existir un régimen legal establecido. El tribunal antepone el bienestar emocional de la menor frente a la obligación formal de mantener el contacto con su progenitor, al constatarse que ese vínculo le genera un profundo malestar, ansiedad y miedo.

La decisión desestima el recurso del padre, que culpaba a la madre de impedir las visitas y reclamaba que se la obligara judicialmente a cumplir con el régimen.

La Audiencia, sin embargo, exonera a la madre de responsabilidad y destaca que ha tratado de fomentar el contacto entre ambos, aunque siempre respetando la voluntad de la niña. Es precisamente esta voluntad la que, según los magistrados, debe prevalecer: “No puede imponerse coactivamente a una joven de 13 años que mantenga visitas con su padre si ella no quiere”, señala el auto.

Miedo y angustia

En el transcurso del procedimiento, los jueces tuvieron acceso a un informe del Servicio de Psicología del CHUAC que alertaba sobre el grave malestar emocional que sufría la menor, incluyendo pesadillas frecuentes, ansiedad y autolesiones en contextos de visita. La menor trasladó su temor a que su padre pudiera hacerle daño a ella o a su madre, y en una ocasión llegó a lesionarse deliberadamente con la esperanza de ser devuelta a casa durante una visita.

En la exploración forense se confirmó que la menor había decidido dejar de acudir a los encuentros con su padre porque “no le gustaba cómo la trataba”. Describió insultos, amenazas y un clima constante de tensión: “Siempre está de mal humor, se enfada por todo y me dice que me va a estampar contra la pared”, explicó. También relató que su padre le hablaba constantemente mal de su madre.

Aunque no se haya probado un maltrato físico objetivo, la Audiencia recuerda que en estos casos lo determinante no es tanto la existencia de pruebas materiales, sino cómo percibe la menor la relación con su progenitor. Y lo que se refleja con claridad es un sentimiento de amenaza que condiciona su desarrollo emocional y su sensación de seguridad.

Interés superior de la menor

Para los magistrados, este caso ejemplifica la necesidad de situar el interés superior del menor por encima de cualquier otro derecho o argumento formal. “No se puede forzar la voluntad e imponer una relación paternofilial que se ha deteriorado”, subraya la resolución. Añade, además, que la niña “ya no es una criatura sin criterio” y que, con 13 años, tiene la suficiente madurez para decidir protegerse de una relación que la hace sufrir.

La sentencia también reprocha al padre su enfoque, centrado en exigir el cumplimiento del régimen sin reflexionar sobre sus posibles errores. En lugar de buscar ayuda profesional, cambiar su actitud o reconstruir el vínculo de manera progresiva, acudió a los tribunales para forzar un contacto que, lejos de sanar, agravaría el daño emocional de su hija.