Tribunales

Confirmada la condena a 37 años y medio de prisión por agredir sexualmente a tres menores de su entorno familiar

El alto tribunal gallego destaca la contundencia del relato de las víctimas y rechaza los argumentos de defensa del acusado, que actuaba como figura de abuelo

(Foto de ARCHIVO)Exterior del edificio del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (A Coruña)EUROPA PRESS12/05/2010
Imagen del TSXG. EUROPA PRESSEuropa Press

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo a un hombre acusado de cometer múltiples delitos sexuales contra las nietas de su pareja y una prima de estas. La sentencia ratificada le impone un total de 37 años y medio de prisión por tres delitos continuados de agresión sexual, abuso sexual a menores y otros delitos conexos, al considerar acreditados los hechos durante varios periodos de convivencia con las víctimas.

Los magistrados del alto tribunal gallego desestimaron el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado, quien alegaba vulneración de su derecho a la defensa y de la presunción de inocencia. La Sala rechaza estos argumentos tras constatar que se garantizó el acceso de la defensa al informe pericial que cuestionaba, que fue practicado conforme a derecho, y que no existió indefensión.

La sentencia de la Audiencia, ahora firme en segunda instancia, describe un patrón de abusos reiterados que se iniciaron cuando las menores tenían entre 6 y 11 años, y se prolongaron durante años en distintos domicilios. El procesado se aprovechó de su papel como figura familiar de referencia, actuando de facto como un abuelo, para ganarse la confianza de las menores y agredirlas sexualmente en situaciones de intimidad.

El TSXG hace especial hincapié en la veracidad de las declaraciones de las víctimas, que fueron “convincentes” y “corroboradas por elementos periféricos”, como las declaraciones cruzadas entre ellas, los testimonios de sus madres y la falta de explicación por parte del acusado sobre la instalación de cámaras en el baño y la habitación de las niñas.

Uno de los pasajes que resalta la sentencia es el testimonio sobre cómo el condenado accedía a las camas de las menores para tocarlas o violarlas, en ocasiones usando como excusa el visionado de películas. También se recoge que en un caso, el acusado suministraba somníferos a una de las niñas a cambio de acceso a internet.

El tribunal también refuta la tesis de la defensa basada en supuestas patologías urológicas del condenado que le impedirían mantener relaciones sexuales, al constatar que dicha dolencia apareció con posterioridad a la mayoría de los hechos denunciados, y en ningún caso se acreditó que le incapacitase.

En el fallo ratificado, el condenado deberá indemnizar con 15.000 euros a cada una de las dos hermanas agredidas y con 5.000 euros a la tercera víctima. Además de las penas de prisión, se le impone una medida de libertad vigilada de hasta diez años tras su salida de prisión y la inhabilitación especial para cualquier actividad que implique contacto habitual con menores.

La sentencia todavía no es firme, ya que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, el acusado permanece en prisión preventiva desde finales de 2021, cuando fue detenido tras la denuncia interpuesta por las víctimas y sus madres.