Caso Malaya

Máxima responsable

La Fiscalía reitera que Rollán sabía que aprobaba un convenio ilegal. Avala que su pena sea la más alta como «promotora» de la permuta

El TSJM condenó a Rollán en enero de este año a ocho años de inhabilitación especial de cargo público por un delito de prevaricación
El TSJM condenó a Rollán en enero de este año a ocho años de inhabilitación especial de cargo público por un delito de prevaricaciónlarazon

MADRID- La La Fiscalía no sólo solicita que se confirme la pena de inhabilitación especial para cargo público contra la número dos de Tomás Gómez, Trinidad Rollán, y para todos los concejales de Torrejón que votaron a favor de un convenio urbanístico con la sociedad Patrimonio Siglo XXI en 2001. El Ministerio Fiscal rechaza todos los motivos esgrimidos por la defensa de la secretaria de Organización del PSM en el recurso que interpuso, tras ser condenada por el TSJM el pasado 13 de enero.

Así, respecto al derecho a la presunción de inocencia, el fiscal reitera los argumentos respecto a los demás recurrentes, donde destaca que, respecto al citado convenio urbanístico, «conocieron los informes de los asesores legales, que les advirtieron acerca del carácter meramente ilegal y arbitrario del convenio que pretendían aprobar, y, no obstante, lo aprobaron».

Además, y específicamente respeto a Trinidad Rollán, la Fiscalía destaca que concurre el hecho de que era la alcaldesa, «y, como tal, máximo responsable y sin duda promotor, mentor de la iniciativa, ya que corresponde a los alcaldes dirigir el Gobierno y la Administración municipal, por lo que es obvio que estas iniciativas sólo parten del alcalde o siguen su curso si el mismo las acepta».Junto a ello, considera completamente justificado que el TSJ de Madrid le impusiera un año más de inhabilitación para ejercer cargo público que a otros condenados, en contra de lo que mantenía Rollán. La sentencia, afirma en este punto el fiscal, lo motiva de «manera racional y lógica». En el fallo del tribunal se argumentaba que ese «plus» de penalidad estaba justificado –al igual que para el ex edil de urbanismo, Francisco Martín, y el concejal Valentín Gómez – porque su intervención fue «de especial relevancia en los hechos» enjuiciados, tesis que avala el representante del Ministerio Público.

También rechaza el motivo de la defensa en el que alude a que la resolución aprobado, el convenio urbanístico, no era «arbitraria e ilegal» y que Rollán «no pudo conocer la ilegalidad». La Fiscalía se limita a señalar al respecto que las cuestiones que plantea la número dos del PSM «no son de hechos, sino cuestiones jurídicas».

Un acuerdo «caprichoso»
Por otro lado, el fiscal pide a la Sala que desestime el recurso de Rollán en lo que afecta a una posible aplicación indebida del delito de prevaricación por el que fue condenada, motivo que también era esgrimido por otros compañeros acusados. La sentencia del TSJM, afirma en este punto, recogía el carácter del acuerdo «como caprichoso y frontalmente expuesto a la legislación, así como gravemente perjudicial para el Ayuntamiento, al que se le privaba de una parte importante del patrimonio municipal, mediante un convenio ilícito».

Con todos esos argumentos, la Fiscalía del Supremo solicita que se confirme la pena a Rollán y al resto de condenados. Si la Sala respalda la petición, la «lugarteniente» de Gómez no podrá ocupar ningún cargo público en los próximos años. El TSJ de Madrid impuso la misma pena que a la número dos del PSM a los concejales Francisco Martín Rojas y a Valentín Gómez Morán y un año menos de inhabilitación a Esperanza Rozas, Francisco Martín Rojas, Julia López, María del Mar González, Josefina Ginovart, María de los Desamparados Gallego y Francisco Montero.