Estrasburgo

En el día de Miguel Ángel

La Razón
La RazónLa Razón

Hace quince años, España se estremeció ante uno de los crímenes más viles cometidos por la banda etarra: el secuestro y asesinato de un joven demócrata español, concejal electo en el País Vasco, Miguel Ángel Blanco. Fueron días de angustia y dolor para un país que, sin embargo, cerró filas con sus gobernantes y comprendió que había que resistir al chantaje del terror en defensa de nuestro sistema de libertades. En este sentido, el sacrificio de Miguel Ángel Blanco no fue estéril; supuso un punto de inflexión en la lucha contra la banda terrorista y terminó de sellar la decisión de los españoles, aun con las lágrimas en los ojos, de combatir la amenaza del totalitarismo.

Ayer, en triste coincidencia con la conmemoración del crimen, se hizo pública una sentencia de la Sección Tercera del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, en la que se admite la queja de una etarra, Inés del Río, contra la prolongación de su encarcelamiento, de acuerdo con la llamada «doctrina Parot». La terrorista, que perteneció al sanguinario «comando Madrid», responsable de más de 40 asesinatos, fue sentenciada a más 3.000 años de prisión, por lo que, en función del nuevo cómputo de liquidación de condenas establecido en 2006 por el Tribunal Supremo, no debería salir en libertad hasta el 27 de junio de 2017, con lo que cumpliría el máximo de los 30 años de cárcel que permite nuestro ordenamiento jurídico.

Nada más conocerse la decisión de Estrasburgo, la izquierda abertzale se apresuró a dar por finiquitada la llamada «doctrina Parot», en uno de los ejercicios de confusión a los que ya nos tienen acostumbrados. Nada más lejos de la realidad: la sentencia reconoce la validez de la «doctrina Parot» y señala expresamente que «los estados son libres de modificar su política penal, sobre todo al reforzar la represión de crímenes y delitos». Pero en el caso de la etarra Inés del Río, considera que se le aplicó una retroactividad impropia a la hora de fijar la liquidación de su condena, computada de acuerdo a la legislación franquista de 1973. El pleito no es nada novedoso: el Tribunal Constitucional español ya ha resuelto casi un centenar de recursos por el mismo asunto, con sólo cinco fallos a favor de los terroristas demandantes. El Gobierno ya ha dicho que no piensa excarcelar a Inés del Río. Le asiste toda la razón. En primer lugar, porque las decisiones del tribunal de Estrasburgo no son vinculantes –la etarra debería plantear una nueva reclamación ante los tribunales españoles– y en segundo lugar, porque cabe recurso ante la Gran Sala de la Corte. Así que, pese a la apresurada alegría de algunos por la sentencia, baste a los ciudadanos de bien recordar que España es un Estado de Derecho con leyes penales justas.