Despidos

Empleo abre la puerta a los ERE en el sector público

Sólo podrán acordar los despidos organismos con déficit

La Razón
La RazónLa Razón

Madrid- Los organismos del sector público que tengan problemas económicos podrán realizar despidos colectivos entre su plantilla a partir de hoy, tal y como indica el Real Decreto Ley 1483/2012, publicado por el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Se entenderá por causas económicas una «insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente para la financiación de los servicios públicos correspondientes». Por lo tanto, para llegar a esta situación se pueden dar dos vías: que la administración pública en la que se integra el departamento afectado hubiera presentado una situación de déficit o que sus presupuestos se hayan reducido un 5% en el ejercicio corriente o un 7% en los dos anteriores. Además, como en el sector privado, también podrán justificarse causas técnicas, organizativas o de producción. Tal y como se plasma en el Boletín, los funcionarios quedan excluidos de estos despidos, y el personal laboral fijo que hubiera adquirido esa condición a traves de un proceso selectivo, que tendrá «prioridad de permanencia» para seguir en su puesto. Se considerará despido colectivo cuando la medida afecte a diez trabajadores en un departamento de menos de cien empleados, al 10% de la plantilla en un ente de entre 100 y 300 trabajadores, y a 30 personas de un organismo que cuente con más de 300 asalariados. Para poder iniciar un ERE en el sector público se comunicará por escrito a los representantes de los trabajadores, a la autoridad laboral y al órgano competente en materia de función pública, y dicha comunicación deberá contener una memoria explicativa de las causas del despido y su relación con los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Además, el empleador deberá incluir los presupuestos de los dos últimos ejercicios (con los gastos de personal), la plantilla del personal laboral del departamento afectado y el plan de ordenación de recursos humanos en el caso de que se haya tramitado. Cuando los ajustes afecten a más de 50 personas se tendrá que incluir también un plan de recolocación externa elaborado por los servicios públicos de empleo.