España
ANÁLISIS: Es necesario elevar la edad por Antonio Piña Alonso
l ¿Debería aumentarse la edad mínima de consentimiento sexual en España?
–El Código Civil contempla la edad de 14 años como el límite a partir del cual otorga al menor de edad capacidad para realizar determinados actos, como contraer matrimonio. No obstante refuerza esa manifestación de voluntad del menor con la necesidad de que presten su consentimiento quienes ostentan la patria potestad, o en su caso medie la debida autorización judicial.
l ¿Qué pasos deben seguirse para denunciar estos casos?
–Cualquier ilícito penal se puede denunciar ante las Fuerzas de Seguridad del Estado o ante el Juzgado de Guardia. Deben describirse fielmente los hechos y expresar los indicios que evidencian la existencia de una conducta delictiva. La denuncia debe presentarla el representante legal del menor.
l Si la madre de la niña asesinada denunció, ¿por qué no se tomaron medidas?
–Si la denuncia de la madre se limitó a poner en conocimiento de la Guardia Civil la existencia de una relación sentimental entre su hija y una persona mayor de edad, no se evidenciaba la presencia de un ilícito penal, y por lo tanto no había elementos para poder actuar en dicha relación, ni contra la persona mayor de edad.
l ¿Puede una niña de 13 años firmar un documento legal aceptando mantener relaciones con un adulto?
–Ese documento no presenta ninguna validez legal. Con él se trataba de expresar el consentimiento libremente formado de la menor, pero, evidentemente, ante la existencia de cualquier prueba en contrario, ese documento no presenta ninguna fuerza probatoria.