Caso Campeón

El TS avala las grabaciones entre arrestados pero no con sus abogados

La Razón
La RazónLa Razón

MADRID-El Tribunal Supremo ha establecido que es legítimo que un juez acuerde grabar las conversaciones de los detenidos en los calabozos de la Policía, siempre y cuando los aparatos de escucha no se instalen en el lugar donde tengan acceso a la entrevista reservada con sus abogados. Así lo indica la Sala de lo Penal en una resolución, en la que confirma la condena a tres hombres por el asesinato de Alberto D.M., a quien pretendían robar más de 1,2 millones de euros y cuyo cadáver fue hallado en una acequia de Garrapinillos (Zaragoza) en marzo de 2006.La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, cuenta con dos votos particulares discrepantes de Perfecto Andrés Ibáñez y José Manuel Maza, quienes sostienen que dichas escuchas son ilícitas por vulnerar derechos fundamentales. Los condenados pidieron al Supremo en sus recursos que se declararan nulas las escuchas realizadas en los calabozos de la Jefatura Superior de Policía de Valladolid entre varios de los arrestados en relación con este asesinato.La resolución señala que la Policía de Aragón informó al juzgado de que iba a detener a los presuntos implicados en el asesinato y le pidió autorización para colocar medios ocultos de grabación en las celdas de los calabozos, al considerarlo necesario para la investigación. El juez decidió que, para evitar que los imputados pudieran ver mermado su derecho de defensa, no se podían instalar esos aparatos donde conversaban con sus abogados. El Supremo, informa Efe, argumenta que el acuerdo del juez «no cabe considerarlo arbitrario en cuanto a la proporcionalidad de la medida, sus cautelas y garantías para preservar los derechos de los detenidos».