Ministerio de Justicia

Adelantarse a los acontecimientos por ENRIQUE LÓPEZ

Los jueces no son transformadores sociales y quien se lo crea ha equivocado su profesión; el juez está sometido a las previsiones de la ley

La Razón
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A veces los acontecimientos nos hace nolvidar el auténtico fin de un sistema de Justicia, resolver o intentar resolver problemas concretos de la vida del individuo o de la sociedad, para lo cual se deben promulgar y aplicar normas, se crean instituciones y se diseñan procedimientos, y todo ello con un objetivo final: resolver los problemas existentes. En un modelo de Justicia, cada poder debe asumir sus responsabilidades y no otras, tratando de generar el menor número de interferencias. El papel de los jueces en un sistema democrático de Justicia es juzgar y hacer ejecutar lo juzgado, tratando de subsumir el hecho litigioso en una norma preexistente, utilizando para ello las reglas y técnicas de aplicación e interpretación que la propia Ley les confiere. En un buen sistema de Justicia, el papel del poder ejecutivo es identificar los problemas que de forma general pueden darse en la sociedad y elegir soluciones legales con la aspiración de que los jueces tengan instrumentos adecuados para resolver estos conflictos. Ahora bien, ni el ejercicio de la jurisdicción es el único medio de composición de estos conflictos, ni todo conflicto debe desplegar la actuación de la actividad. Para ello son necesarias buenas leyes y no muchas leyes. Hoy nos encontramos ante un mundo inabarcable de relaciones humanas que determina una incesante labor legislativa, en la cual debe optarse por lo bueno y no por lo mucho. La labor del poder ejecutivo con el ejercicio de su iniciativa legislativa es esencial, de tal suerte que si no se adelanta a los problemas, si no desarrolla una auténtica labor de prognosis, creará un modelo de Justicia que siempre irá por detrás de las necesidades y de las ansias de los ciudadanos, provocando una permanente frustración, que, en muchos casos, aquellos imputan a la labor judicial. En algunas materias, nuestro sistema de Justicia se parece mucho a lo que ocurre en el fútbol, donde hoy en día el estado de la técnica permitiría que nunca se cometiera un error arbitral en la determinación de si el balón ha entrado o no en la portería, o de si un jugador está en fuera de fuego, etc. Pero la diferencia es que el azar que provoca la falibilidad arbitral genera mucho negocio paralelo al fútbol, de tal suerte que las jugadas conflictivas generan debate y atención publica que animan el espectáculo. Esto no puede ocurrir en un sistema de justicia eficaz. Por ejemplo, en materia de represión terrorista, de forma vergonzosa se ha mantenido un marco legal hasta el año 1996 que establecía un limite máximo de cumplimento de treinta años, de los cuales se podía descontar un día de condena por cada dos días de trabajo, provocando que penas que sumaban cientos de años fueran cumplidas en menos de veinte. Hasta 2003, no estaba asegurado el cumplimento cuasi íntegro de las condenas, lo cual provoca en la sociedad una sensación de injusticia. Muchas decisiones judiciales basadas en estas leyes no son entendidas por la sociedad y, en muchos casos, podía haberse evitado si el legislador hubiera adaptado el Código Penal a las previsiones de cualquiera de los de nuestro entorno. Algo parecido ocurre con temas de menor calado mediático, pero que afectan muy seriamente a los ciudadanos. Por ejemplo, el sistema hereditario que rige en el derecho común, basado en el establecimiento de que una parte de la herencia, dos tercios, debe ser reservada para los herederos forzosos, e incluso un tercio se debe repartir de forma igual entre aquellos. Quizá ha llegado el momento de evolucionar a otro modelo donde la libertad del testador sea el principio general, asegurando un cierto grado de solidaridad intergeneracional. Hoy hay personas que sin tener una relación sentimental de pareja deciden vivir juntos durante mucho tiempo –por ejemplo hermanos o hermanas, amigos etc–, estableciéndose vínculos solidarios que deben conferir una situación privilegiada en cuanto a la sucesión hereditaria. Éstos no son más que ejemplos de cosas que afectan a la ciudadanía, bien porque viven con mucha preocupación sus consecuencias, como es el caso de la delincuencia terrorista, o bien porque les afecta en su vida personal. Todos ellos deben generar en el legislador una permanente vigilia para adaptar la Ley a las necesidades y cambios sociales. Los jueces no son transformadores sociales y quien lo crea ha equivocado su profesión; el juez está sometido a las previsiones de la Ley, y sólo donde el margen de interpretación le permita modular la Ley y su consecuencias conforme a la realidad social del momento lo puede hacer. El resto es contravenir el sentido de la Ley y no someterse a la misma. Por último, cuando esa nueva realidad social imponga una nueva regulación y las posibles soluciones dividan o fracturen a la sociedad, se debe buscar el máximo consenso y no ahondar en la división social.

 

ENRIQUE LÓPEZ
Magistrado