Bruselas
La Europa igualitaria
Hace casi un mes publiqué en estas páginas un artículo titulado «¿La Europa de las libertades?». Me refería al Informe McCafferty y lo escribí a raíz del desayuno organizado por Profesionales por la Ética con Sophia Kuby, directora ejecutiva del Observatorio Europeo para la Dignidad. Era inminente su votación en la Asamblea del Consejo de Europa y lo relevante de ese informe es que, basado en el aborto como derecho, pretendía eliminar la objeción de conciencia en el ámbito sanitario y que no tuviese trascendencia pública, luego no tendría aplicación, por ejemplo, en centros sanitarios públicos.
Llegó el día 7 de octubre, día de la votación, y como dio buena cuenta LA RAZÓN, el informe no sólo no prosperó sino que se aprobó un texto con planteamientos totalmente opuestos. Me consta que darle la vuelta a un informe tan nefasto no fue empresa fácil, luego, vaya mi felicitación y agradecimiento a todos los que, directa o indirectamente, se emplearon a fondo en lograr no sólo el rechazo al Informe McCafferty, sino en que se aprobase un texto positivo. Así la Resolución aprobada expresamente declara que nadie puede ser discriminado por negarse a realizar un aborto, lo que extiende a la eutanasia o a cualquier acto que pudiera causar la muerte de un feto o embrión humano; además la Asamblea «hace hincapié en la necesidad de afirmar el derecho de objeción de conciencia» y se invita a los Estados a que lo garanticen.
En ese artículo prometía tratar otra iniciativa preocupante. Me refería al proyecto de Directiva antidiscriminación de la Unión Europea. Como el Informe McCafferty es otra iniciativa que pasa desapercibida y recorta libertades. La cuestión es que si en la Unión Europea se ha legislado y mucho sobre la igualdad y el Tribunal de Luxemburgo ha dictado sentencias relevantes en esta materia ¿qué añade el proyecto de directiva?. Por lo pronto que su ámbito ya no es el laboral ni, en general, la situación de la mujer. La Directiva es más ambiciosa: busca hacer de la igualdad, sin diferenciar situaciones, una política «horizontal» para hacerla presente en todos los sectores de la vida, también la privada.
Se me podrá decir ¿y eso es malo, acaso es buena la discriminación? Veamos, una cosa es luchar contra la discriminación por motivo de raza, religión, sexo u otra circunstancia y otra bien distinta que el Estado se inmiscuya en las relaciones entre ciudadanos, contractuales o no, para imponer una idea indeterminada de igualdad. El proyecto tiene previsiones positivas y deja a salvo ámbitos como el educativo, en el que se permite diferencia de trato en el acceso a los colegios por razones confesionales y de convicción, pero rezuma un aire dirigista, alumbrado por burócratas, que pretende el control público de lo que, por ahora, es un ámbito intocable.
Se busca así un control del comportamiento económico y social de los ciudadanos con el fin de erradicar en esos comportamientos tratos discriminatorios, pero ¿qué es lo discriminatorio? No se concreta, sólo se dice que lo es todo aquello que haga que una persona se sienta objeto de un trato «menos favorable» por razón de raza, edad, religión o creencia, sexo u orientación sexual al que se añade el de discapacidad, pero se deja a cada cual la percepción de cuándo y por qué se siente discriminado.
Este plato fuerte viene acompañado de una guarnición nada desdeñable. Por ejemplo, prevé lo que en Derecho se llama «inversión de la carga de la prueba». ¿Qué es eso? pues que basta con que alguien se sienta discriminado para que sea el demandado quien deba demostrar que no discrimina. Bastará que el discriminado alegue que sufre un trato intimidatorio, humillante, ofensivo para que el demandado deba dar explicaciones. Y más guarnición porque se prevé crear organismos públicos de control y que haya asociaciones que demanden a los discriminadores o se les exijan «ajustes razonables». De esta manera el dueño de un establecimiento podría ser demandado si no lo alquila a una pareja homosexual para celebrar su boda o no tiene un menú por confesiones o en su hostal no hay habitaciones para personas discapaces, ámbito éste –el de la discapacidad– sumamente delicado y especialmente complejo a la hora de buscar el trato igual.
Que no haya discriminación por razón de raza, edad, religión o creencia, sexo u orientación sexual o que se procure facilitar la vida a las personas con discapacidad, forma parte de nuestro acervo jurídico desde hace ya tiempo, como demuestra la existencia de medidas de acción positiva para ayudar a grupos desfavorecidos. Pero eso es una cosa y otra dictar una norma genérica sobre igualdad, sin matizar casos ni situaciones, alumbrando el derecho al trato igual que haga ilícito todo lo que una persona entienda subjetivamente que le discrimina o le hace de menos. Como señala el Observatorio Europeo para la Dignidad, durante siglos la Justicia viene entendiéndose como dar a cada uno lo suyo; ahora alguien desde Bruselas nos dice que es «dar a todos lo mismo» y, además, en función del sentimiento personal de cada uno.
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