Estados Unidos
Patrimonio español
En 1804 la fragata de la Armada española «Nuestra Señora de las Mercedes» era hundida, en el Atlántico, por navíos de guerra británicos y allí, donde se produjo la batalla del Cabo de Santa María, permaneció, con su cargamento a bordo, hasta que, en 2007, la empresa Odyssey Marine Exploration, dedicada al hallazgo, explotación y comercialización de objetos de barcos hundidos, descubrió el pecio y se apropió de los tesoros que se encontraban en la fragata española y que, en esencia, consistían en 594.000 monedas de oro y plata. Desde el principio, el Gobierno y la sociedad española reclamaron la propiedad y afirmaron, sin fisuras, que el hallazgo formaba parte del patrimonio histórico español, con la desventaja de que el tesoro se encontraba en manos de quienes lo habían extraído del fondo del mar y que las monedas habían sido transportadas a Estados Unidos. Estaban, por lo tanto, fuera del alcance de la jurisdicción española. La devolución a España de este tesoro está a punto de producirse y, con ello, no sólo impera la cordura en la escena internacional sino, también, la aplicación irrestricta del Derecho Internacional. Los tribunales de EEUU, tanto el de Tampa (Florida) como el Tribunal de Apelación de Atlanta, han dado la razón a los argumentos españoles y reconocen que las actividades de extracción llevadas a cabo por la empresa Odyssey deben ser calificadas de ilícitas. El principio de la inmunidad de jurisdicción, en su mejor acepción, queda consagrado una vez más. Pero hay que reconocer que una decisión así, fruto de la perseverancia de las autoridades españolas y de quienes con su investigación y estudio aportaron pruebas irrefutables del carácter de patrimonio español de la fragata y de cuantos objetos iban a bordo, ha contado, también, con la posición favorable del Gobierno de EEUU. Los tribunales norteamericanos han hecho que las normas del Derecho internacional sobre patrimonio subacuático sean respetadas, así como los ordenamientos jurídicos de España y EEUU. Pero más allá, la voluntad política coincidente de los dos estados ha sido un factor decisivo para la pronta resolución de este asunto y para la aplicación, sin sobresaltos, de esas normas. El final que tuvo la malograda fragata española ha sido compensado, aunque sólo en parte y en lo que es posible, por la historia. «Nuestra Señora de las Mercedes» será a partir de ahora un símbolo de la defensa del patrimonio histórico de los estados. Los españoles debemos sentir la satisfacción por la recuperación de una parte de nuestro patrimonio pero también constatar nuestra confianza en la eficacia de la cooperación internacional. Quizá lo más relevante, en el fondo, es que este asunto representa un triunfo de la cooperación entre los estados frente al expolio de los patrimonios históricos y, a partir de ahora, quienes no actúen en el espacio subacuático, de manera lícita, lo tendrán más difícil.
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