Bildu

Sortu: otra victoria de ETA

La Razón
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C on el precedente de Bildu, en el que una mayoría de magistrados propuestos por el PSOE atropelló en el Constitucional el veto del Supremo y permitió al sucedáneo de Batasuna presentarse a las elecciones municipales, era cuestión de tiempo lo que se consumó ayer sobre Sortu, la marca de ETA que fue declarada ilegal por el Tribunal Supremo y que esperaba el veredicto sobre su recurso. El Tribunal Constitucional estimó por seis votos contra cinco el recurso de Sortu contra la decisión de la sala del 61 de prohibir su inscripción en el registro de partidos políticos, por lo que la formación proetarra podrá concurrir a próximos comicios. Aunque los magistrados favorables a las tesis etarras pretendieron aglutinar una mayoría más amplia para no quedar tan marcados como en la sentencia de Bildu, no lo lograron y el TC ofreció la misma imagen de fractura. No por esperada la resolución –estaba cantada porque los magistrados eran los mismos y los argumentos de la ponente de la sentencia, Elisa Pérez Vera, prácticamente iguales– nos parece menos escandalosa y grave para la evolución de la lucha antiterrorista y para el saludable funcionamiento del Estado de Derecho, al que la usurpación de funciones que no le corresponden por parte del TC tanto perjudica. De nada ha servido que el Supremo, la Fiscalía y la Abogacía del Estado concluyeran que Sortu era la marca de la banda terrorista y que su oposición a la violencia era una artimaña estratégica para burlar la ley de partidos sin que existiera prueba alguna de la ruptura con ETA, sino más bien al contrario. Que el principal argumento de los avalistas de Sortu haya sido el teatral rechazo de la violencia que recogen sus estatutos, sin que sea de su incumbencia si es sincero o no, y que ni siquiera se haya valorado que no pida la disolución de ETA ni condene sus crímenes es un despropósito jurídico y una ofensa a las víctimas. Estos seis magistrados han causado un grave daño al Estado de Derecho con una sentencia política, que no jurídica, y que, como en el caso de Bildu, está alumbrada por un principio de oportunidad que no de legalidad. Este fallo, como antes otros, nos sirve para plantear que el Gobierno sopese la necesidad de reformar un órgano compuesto por profesionales de cuestionable formación, en algún caso, y no por jueces o magistrados como sería deseable, y para delimitar sin margen alguno a la interpretación el campo de actuación de un tribunal de garantías constitucionales que se ha transformado en uno de casación sin mandato alguno para ello. Se trataría de corregir una anomalía jurídica que debilita la credibilidad del edificio judicial en su cúspide. Nos parece de extrema gravedad que de sus resoluciones se pueda llegar a concluir que ETA juega en casa en el TC, pero no dejan mucho margen para lecturas más benevolentes.