Getafe
Los «camellos» frente a penas de hasta seis años de cárcel
Se les acusa de delito contra la salud y homicidio imprudente. Conocían los efectos de la droga y tenían antecedentes
Madrid- Llevan desde el miércoles por la tarde en la Comisaría de Getafe y se prevé que pasen hoy a disposición judicial. Iván M. G. y su novia, Cristina V. L., de 23 y 19 años respectivamente han declarado ante la Policía, pero todavía tienen que hacerlo ante el juez. Ambos están acusados de delito contra la salud pública y de homicidio imprudente por haber ofrecido una infusión de estramonio a cuatro jóvenes durante una «rave», dos de los cuales murieron después de ingerirla.
Según las investigaciones de la Policía, los detenidos prepararon el brebaje en casa y lo proporcionaron gratuitamente a los asistentes de la fiesta. Aun así, no se ha pedido una orden judicial para entrar en la vivienda porque se descarta que posean un laboratorio para producir más droga.
La chica arrestada ha reconocido que proporcionó el estramonio a las víctimas, pero que «desconocía el efecto nocivo» de esta sustancia. Unas declaraciones que la Policía pone en cuestión, ya que ellos «tenían que ser conscientes de que era una infusión muy perjudicial con efectos muy fuertes», sobre todo porque, según los testimonios de los testigos, «ofrecían la infusión tóxica, pero no la probaban». El comisario jefe de la Policía de Getafe informó ayer de que «no tiene constancia» de que el estramonio haya llegado a otro tipo de fiestas e insistió en que los detenidos estaban intentando «abrir mercado» para hacer negocio con ella.
Fuentes policiales señalan que Iván M. G. tiene antecedentes penales por violencia familiar y quebrantamiento de condena, pero no por tráfico de drogas. Por su parte, Cristina V. L. carece de antecedentes policiales.
Las penas a las que se enfrentan los dos arrestados pueden ser varias. Si se les declara culpables de un delito contra la salud pública se les podrían aplicar dos artículos del Código Penal. El 359, que establece que quien «elabore sustancias nocivas para la salud o productos químicos que puedan causar estragos, o los despache o suministre, o comercie con ellos, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años». Si además cultivaron ellos el estramonio, se les juzgaría bajo el 368 que dice que «los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años».
Si el juez determina que Iván M. G. y Cristina V. L. son culpables de homicidio imprudente se les aplicaría el artículo 142, según el cual «el que imprudencia grave causare la muerte de otro, será castigado, como reo de homicidio imprudente, con la pena de prisión de uno a cuatro años».
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