Sevilla

Expediente a Garzón por el «error» en la libertad de dos «narcos» turcos

Expediente a Garzón por el «error» en la libertad de dos «narcos» turcos
Expediente a Garzón por el «error» en la libertad de dos «narcos» turcoslarazon

madrid- La Audiencia Nacional decidió ayer incoar expediente disciplinario al juez Baltasar Garzón por una falta leve en relación con un posible «incumplimiento injustificado» de los plazos, que obligó a poner en libertad en julio del pasado año a dos presuntos narcotraficantes turcos. La sanción que, en su caso, se le podría imponer al magistrado sería de advertencia o de una multa de hasta 300 euros. La «vistilla» para decidir la prórroga de la prisión provisional de los dos acusados se celebró cuando ya había vencido el plazo máximo de dos años. La decisión fue adoptada por la Sala de Gobierno de la Audiencia, órgano competente para decidir en relación con los expedientes por faltas leves, tras aceptar la propuesta que, en ese sentido, formuló el Consejo General del Poder Judicial el pasado 18 de diciembre. La instrucción del expediente disciplinario corresponderá al magistrado de la Sala de lo Contencioso-Administrativo José Luis López Muñiz, quien, tras realizar las diligencias que considere oportunas, deberá formular su propuesta de archivo, advertencia o multa. La decisión final corresponderá a la Sala de Gobierno. El CGPJ decidió el pasado mes de octubre iniciar una investigación respecto a esa actuación de Garzón tras recibir una queja del sindicato Manos Limpias, tras conocerse el posible error del magistrado. La Inspección del Consejo consideró entonces los hechos como constitutivos de una presunta falta leve, por un posible incumplimiento injustificado de los plazos establecidos para dictar resolución. En ese sentido, se destacaba cómo todo juez está obligado a adoptar una «extrema diligencia en el control de los plazos de los sometidos a estas medidas cautelares que, si se infringe, debe conllevar una respuesta disciplinaria». Esa «extrema diligencia», se afirmaba al respecto, debe extenderse al «cómputo del tiempo de prisión, máxime cuando esta privación es de carácter provisional, ya que se ha privado a un ciudadano de un derecho fundamental», como es el de la libertad. Por su parte, el magistrado reconoció en el informe que remitió al Consejo que todo se debió a un «error» que derivó en la libertad de los dos presuntos «narcos» y que se produjo en la identificación de los días de detención y prisión provisional de los dos acusados en las carpetillas en las que se abren las piezas de situación de todos los detenidos en la operación antidroga, en la que no todos fueron arrestados el mismo día. Argumentos del juez Eso fue lo que originó que cuando se celebró la «vistilla» para decidir sobre la prórroga de la prisión provisional de Eren y Vardar, el 14 de julio, el plazo de los dos años se había superado ya en cuatro días. Por ello, quedaron de forma inmediata en libertad provisional. Garzón también argumentaba igualmente que desde la Fiscalía «en ningún momento se advirtió o se avisó del agotamiento del plazo» de prisión provisional, y que las fechas en las que se produjo este error su juzgado controlaba un total de 270 presos preventivos, todos «en plazo y debidamente controlados». La operación policial en la que fueron detenidos se realizó en tres fases. En la primera, llevada a cabo el 10 de julio de 2006 en Palos de la Frontera (Huelva), informa Ep, fueron detenidos Eren y Vardar; mientras que la segunda, desarrollada en Sevilla el día 18 de ese mes, finalizó con el encarcelamiento de otras ocho personas, entre las que se encontraba el presunto cabecilla de la red, que®® sigue en prisión.