Tribunal Constitucional

Igualdad por ley en prestaciones sanitarias y recursos presupuestarios

La Razón
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La secretaria de Política Autonómica, Soraya Sáenz de Santamaría, defendió ayer que España no puede caer cada 25 años en la melancolía inútil de replantearse a sí misma, porque «hay muchas cosas por hacer». La reforma constitucional que plantea el PP propone, entre otras, las siguientes iniciativas:

- Las competencias exclusivas del Estado se declararán intransferibles. En particular, la política exterior, defensa, seguridad, ordenación de la economía o coordinación de la gestión de crisis.

- Modificar el artículo 150.2 de la Constitución, al que se aferran los nacionalistas para asumir competencias del Estado. Se quiere reducir a supuestos tasados la delegación del ejercicio de facultades y que la aprobación de la Ley de delegación requiera mayoría de dos tercios en el Congreso.

- Competencia exclusiva de las Cortes en la regulación de la enseñanza de la lengua oficial del Estado a través de una ley.

- Garantizar la unidad de acción exterior del Estado y que la representación internacional corresponda únicamente al Gobierno de la Nación.

- Garantizar las competencias de las Cortes Generales en materias esenciales para la igualdad de los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes fundamentales, en la recepción de las prestaciones sanitarias, en el disfrute de los recursos naturales y en la distribución de los recursos presupuestarios del Estado.

- Constitucionalizar la atribución al Tribunal Supremo del recurso de casación que garantiza la igualdad de los españoles en la aplicación de la ley.

- Elevar a dos tercios la mayoría parlamentaria para modificar estatutos.

- Incrementar a tres quintos la mayoría para aprobar las leyes que regulan los órganos constitucionales del Estado como el TC y el CGPJ.

- Instrumentación de un recurso de amparo ordinario del Tribunal Supremo sin perjuicio de las competencias del TC.

n Recurso previo de inconstitucionalidad para los estatutos y para leyes orgánicas dictadas para regular el ejercicio de las libertades y derechos.