Londres
Los buques de más de 1000 toneladas sin seguro de daños por contaminación de combustible no pueden entrar desde hoy en España
A partir de hoy, todo buque de más de 1.000 toneladas de arqueo bruto (volumen total) deberá tener suscrito, para poder entrar en España, un seguro o garantía financiera que cubra su responsabilidad por los daños debidos a contaminación causada por su combustible.
Según informó el Ministerio de Fomento, el seguro también tendrá que cubrir los costes o daños ocasionados por todas las medidas razonables que con posterioridad a un incidente tome cualquier persona, con objeto de evitar o reducir al mínimo los daños debidos a la contaminación.
El Consejo de Ministros, en su reunión de 31 de octubre de 2008, aprobó el real decreto por el que se dictaban normas sobre la cobertura de la responsabilidad civil por los daños debidos a la contaminación causada por el combustible de los buques.
El BOE publicó el 18 de noviembre el texto.
El real decreto da cumplimiento a determinadas prescripciones del Convenio Internacional sobre Responsabilidad Civil suscrito en Londres el 23 de marzo de 2001, ratificado por España el 10 de diciembre de 2003 y que hoy entra en vigor para los todos los Estados parte que lo firmaron.
En consecuencia, a partir de hoy el buque deberá llevar a bordo un certificado, expedido por un Estado parte en el convenio, acreditativo de que cuenta con un seguro u otra garantía financiera para hacer frente a sus responsabilidades.
En el caso de España, el certificado será expedido por la Dirección General de la Marina Mercante. Sin dicho certificado quedará prohibida la navegación de todo buque español, excepto los de guerra y Estado, superior a 1.000 toneladas de arqueo bruto.
Asimismo, quedará prohibida la entrada o salida de puerto español a todo buque extranjero, superior a 1.000 toneladas de arqueo bruto, si no lleva a bordo este certificado.
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