Sevilla

Declarados prescritos los delitos del psiquiatra de la Jet sevillana

El doctor Criado, en su consulta en Sevilla
El doctor Criado, en su consulta en Sevillalarazon

Ocho de los delitos por los que fue denunciado Javier Criado ya no pueden ser perseguidos

En la calle continúa el escándalo, pero en los tribunales el «caso Criado» va camino de convertirse en un fabuloso suflé. La juez de Instrucción número 19 de Sevilla declaró «extinguida por prescripción la posible responsabilidad penal» del psiquiatra en relación a ocho de los nueve delitos de los que fue denunciado a finales de 2015. La Asociación Veritas, que agrupa a 32 víctimas de los presuntos abusos del médico, anunció que recurrirá la decisión de la magistrada apoyándose en los «serios indicios de culpabilidad que observa la Fiscalía». El Ministerio Público, no obstante, también se mostró favorable a la tesis de la prescripción esgrimida por el tribunal.

La abogada de las víctimas, Inmaculada Torres, entiende que los hechos son constitutivos de un delito continuado cuya prescripción no debe señalarse en función de la fecha en que ocurrieron, sino «desde que las víctimas han tenido capacidad para entender lo que les había ocurrido y el daño psicológico producido. De hecho, muchas de ellas han arrastrado durante años diversos problemas psicológicos y familiares como consecuencia de unos hechos que han mantenido en silencio», hasta que en 2015 conocieron otros casos. Torres recuerda que ya hay otras sentencias que han sentado jurisprudencia para tratar de probar la «no prescripción de los delitos en función sólo de los hechos».

La Asociación Veritas sigue reclamando el cierre cautelar de la consulta de Criado «para garantizar la indemnidad e integridad de otras personas que pudieran estar siendo sometidas al mismo trato degradante y humillante». El auto de la jueza rechaza esta petición porque «la suspensión de empleo y el cierre de una actividad no está prevista como medida cautelar en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal» y, en todo caso, resultaría «desproporcionada» si se dictase «únicamente teniendo en cuenta el delito contra la integridad moral», acaecido presuntamente en 2015 y que, por consiguiente, sí investigará el juzgado.

Tres décadas de abusos

Pero el triunfo jurídico de Criado es casi total y se sustancia en un auto dictado el 15 de enero, en el que la juez no entra siquiera «a valorar la veracidad» de los hechos porque considera que «los plazos que transcurren entre la fecha en que se habrían producido –entre 1979 y 2008– y la interposición de la denuncia, rebasan los periodos de 3, 5 y 10 años de prescripción prevista para los delitos denunciados». El ex hermano mayor de Pasión, una de las hermandades señeras de la Semana Santa hispalense, fue denunciado por un delito continuado de intrusismo profesional, un delito de omisión del deber de socorro, un delito continuado contra la integridad moral, tres continuados de abuso sexual, dos de abuso sexual, y uno de inducción al suicidio.

Según la magistrada, «la prescripción es una institución de orden público y de carácter material, y no meramente procesal, que ha de ser apreciada incluso de oficio por el juzgador. Se basa en el principio de seguridad jurídica y supone la renuncia por parte del Estado al ejercicio del «ius puniendi» en razón al tiempo transcurrido desde que sucede la infracción y ésta es puesta en conocimiento de los órganos jurisdiccionales». Sin embargo, la juez acuerda continuar la investigación para esclarecer el denunciado delito contra la integridad moral y ordenará practicar cuantas diligencias sean necesarias para aclarar los hechos, al tratarse de asuntos ocurridos en 2015. Este delito está castigado con penas no superiores a los tres años de cárcel.