Sevilla

Alertan al TSJA de que la Junta permitió la reapertura «a las bravas» de la mina de Aznalcóllar

Emerita sustenta dos demandas ligadas a la entrada en el yacimiento «por la vía de hecho» de Minera Los Frailes. Defiende que el Gobierno andaluz ha cometido «graves infracciones legales» en el proceso investigado

La adjudicación de la mina de Aznalcóllar, en Sevilla, ha provocado una cascada de procesos judiciales
La adjudicación de la mina de Aznalcóllar, en Sevilla, ha provocado una cascada de procesos judicialeslarazon

Emerita sustenta dos demandas ligadas a la entrada en el yacimiento «por la vía de hecho» de Minera Los Frailes

Defiende que el Gobierno andaluz ha cometido «graves infracciones legales» en el proceso investigado

Los pleitos en torno a la asignación de la mina sevillana de Aznalcóllar por parte de la Junta se superponen al modo de las placas tectónicas. En el ámbito de lo contencioso-administrativo hay iniciados tres diferentes en la órbita del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que arrancó Emerita Resources, empresa que aspiraba a reabrir el yacimiento pero resultó perdedora en la selección. En uno de los procesos judiciales se analiza el reparto de puntos que hizo ganador del concurso al tándem Minorbis/Grupo México y en él se toma declaración ya a varios testigos citados por el tribunal. Los otros dos giran en torno a la entrada en la mina por la vía de los hechos de otra tercera mercantil, Minera Los Frailes, sin que haya un documento administrativo que lo respalde, según sostiene la demandante, y de la aceptación por parte de ésta de la explotación minera.

Se han producido novedades judiciales en torno a los dos últimos, ya que Emerita ha presentados escritos para sustanciar sus anunciadas demandas, a los que ha tenido acceso LA RAZÓN y en los que dejan claro su relato de lo sucedido. Defienden los representantes procesales de la entidad que la tercera fase del concurso, esto es, la aceptación de la adjudicación, «se ha realizado en frontal infracción de las más elementales reglas de procedimiento y de las normas sustantivas que regulan el sector», entre otras cuestiones, al haber asumido «los derechos mineros una sociedad diferente de la adjudicataria que participó en el concurso».

«Se ha permitido por la vía de hecho a una entidad cuya identidad es bastante dudosa», se asevera en los escritos, «acceder a unos recursos mineros a las bravas, infringiendo el criterio de la propia Administración demandada». Un criterio que, por otro lado, se advierte al TSJA, se ha modificado a lo largo del proceso «arbitrariamente» y «de forma burda», lo que ha colocado a Emerita, dicen sus abogados, en una «evidente indefensión», que se une a la que ya existía al habérsele negado de manera «reiterada» información. Ese baile de pautas ha quedado patente, señalan, a través de los documentos aportados por la propia Junta a otro juzgado, el de Instrucción número 3 de Sevilla, que arma una causa penal hilvanada también a Aznalcóllar.

Mantienen los letrados de Emerita que esa mencionada «cesión ilegal» por la que Minera Los Frailes se habría «apropiado» supuestamente de unos derechos adjudicados a Minorbis/Grupo México, «con la aquiescencia» de la Administración autonómica, ya sería suficiente para anular lo actuado, entre otras razones. Y es que insisten en que Minera Los Frailes es «una empresa diferente con su propia personalidad jurídica, que no ha acreditado cumplir los requisitos exigidos para optar al concurso» y en que el Gobierno andaluz ha caído «en graves infracciones legales».

Es desde ese convencimiento que piden al Alto Tribunal regional que dé por formuladas sus demandas contencioso-administrativas. Una de ellas contra «la vía de hecho de la Administración» consistente en la conquista por parte de Minera los Frailes de «recursos mineros» que no le fueron otorgados, «la realización de trabajos» por parte de ésta en la zona del yacimiento «sin la preceptiva autorización previa a entidades extranjeras y de cesión de derechos» y sin contar con los pertinentes «permisos de exploración, investigación» o de «explotación». La otra, contra la Resolución de 5 de julio de 2017, del consejero de Empleo, Empresa y Comercio del Ejecutivo andaluz por la que se desestimó su recurso de alzada contra escritos de la directora general de Industria, Energía y Minas. En ambos casos, se interesa la práctica de una serie de pruebas documentales con la intención de probar las afirmaciones efectuadas por Emerita. Y, en concreto en lo relativo a la Resolución del Gobierno autonómico, se solicita al TSJA que anule actos, que los deje sin efecto y, en consecuencia, «declare contraria a derecho la aceptación de la adjudicación» materializada por Minera los Frailes, así como que dé por «caducada y desierta» la «aceptación del concurso público» para la concesión de «las actividades extractivas de explotación de los recursos existentes en la reserva minera de Aznalcóllar en la provincia de Sevilla». A ello suman la pretensión de que se catalogue como contraria a derecho «cualquier apropiación» por parte de la citada sociedad o de cualquier otra de esos recursos o de los derechos sobre los mismos.

Por último, los abogados buscan con su despliegue de argumentos que el Alto Tribunal modifique el resultado del concurso a favor de su cliente «por haber quedado segundo» y «no haberse producido otra aceptación válida». Punto en el que requieren que se fije un plazo para «aceptar la adjudicación, tras los trámites necesarios». La historia judicial continuará.