Andalucía
El juez procesa a tres ex presidentes de Invercaria en una pieza que llegó a archivar
La Audiencia le ordenó reabrir la causa por una ayuda de 1,4 millones a la productora Kandor e incluir a quien dirigió la sociedad pública hasta febrero
La Audiencia le ordenó reabrir la causa por una ayuda de 1,4 millones a la productora Kandor e incluir a quien dirigió la sociedad pública hasta febrero
El juez de Instrucción 16 de Sevilla ha procesado a tres ex presidentes de Invercaria y al dueño de la productora Kandor Graphics, en la que invirtió Antonio Banderas a través de una de sus sociedades, por presuntos delitos de prevaricación, malversación y tráfico de influencias en la concesión de una ayuda de 1,4 millones de euros de la sociedad pública de capital riesgo a esa compañía. Se trata de una de las piezas que el instructor, Juan Gutiérrez Casillas, archivó pero la Audiencia anuló el sobreseimiento, recurrido por la acusación popular del PP, e incluso le ordenó citar como investigado a Francisco Álvaro Julio, que presidió Invercaria hasta el pasado febrero y no está implicado en ninguna de las otras piezas de esta macrocausa como sí sus antecesores Tomás Pérez Sauquillo y Laura Gómiz. Álvaro Julio ejerció el cargo entre 2012, tras la dimisión de Gómiz al estallar este caso, y febrero de 2019, poco antes de que la Audiencia anulara el archivo de esta pieza decretado por el instructor e instara a extender la investigación a su etapa, bajo el Gobierno de Susana Díaz.
El instructor archivó la causa en septiembre de 2017 al no ver indicios racionales de malversación ya que la película para la que se otorgó la ayuda se realizó y se emitió un informe de una entidad bancaria antes de conceder el préstamo. Sin embargo, después de que la Audiencia anulara su decisión (no es la única pieza en que ha corregido a Gutiérrez Casillas), que sí vio indicios de delito por la falta de documentos para justificar la concesión de la ayuda y de seguimiento y control del destino de los fondos, el juez ha dictado un auto de procedimiento abreviado contra los tres ex dirigentes de Invercaria y el presidente de la productora Marcelino Almansa. Decreta el sobreseimiento sobre una quinta investigada, María J.A.F al no ver acreditada su participación en los hechos.
El juez asevera que Invercaria invirtió en Kandor 1.498.000 euros, entre participación en capital, préstamos ordinarios y participativos, con una «práctica ausencia de documentos en los expedientes que justifiquen el análisis de la inversión realizada». En el único de los préstamos del que existe documentación, concedido en 2011, «se detectan serias irregularidades». De hecho destaca que se otorgó «en un plazo muy breve de tiempo (se afirma que en apenas dos días) y para atender necesidades urgentes de financiación».
Como ya dijo la Audiencia en su momento, concluye que «no se constata la existencia de un adecuado seguimiento de las inversiones». Por ello, entiende que «provisoriamente, por tanto, puede afirmarse que las ayudas públicas concedidas por Invercaria a Kandor se otorgaron sin el seguimiento de un protocolo o procedimiento». Añade que «fueron otorgadas a requerimiento del interesado (Kandor) para atender sus necesidades de financiación en cada caso, incluso a través de los denominados préstamos puente», un mecanismo de asistencia financiera «cuando menos singular».
El magistrado hace mención en el auto a la pericial efectuada por Taxo, según la cual Invercaria formalizó con Kandor cuatro préstamos participativos y cinco préstamos ordinarios entre los años 2005 y 2011, estimando el «perjuicio económico total ocasionado» a Invercaria en 1.734.485,03 euros, por los intereses de los préstamos no devueltos. También alude a que la declaración del director del área de Promoción de Invercaria resultó «esclarecedora respecto de las irregularidades y deficiencias existentes».
Por todo ello, Gutiérrez Casillas sí ve ahora que «existen indicios de que las inversiones efectuadas por la sociedad pública de capital riesgo adolecen del previo análisis, en algunos casos sin previa propuesta, llegando incluso a ser ésta posterior al otorgamiento de los fondos». Además se sobrepasó el límite de 1,2 millones que exige que la concesión de un préstamo fuera aprobada por el Consejo Rector y ratificada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.
Para el juez, «existió una falta de información de la situación de Kandor y un muy deficiente seguimiento de las inversiones y préstamos realizados, por no mencionar que, de la poca documentación existente en los respectivos expedientes, existen indicios de que las fechas pueden haber sido alteradas, o que se le ha puesto el logo de otra entidad asumiendo la elaboración como propia de Invercaria».
Por todo ello decide continuar la causa por el procedimiento abreviado contra cuatro investigados y da diez días de plazo (el auto es del 5 de septiembre) a la Fiscalía Anticorrupción y las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral, formulando escritos de acusación con su petición de penas, o el archivo. En su día, la Fiscalía apoyó el sobreseimiento inicial que la Audiencia anuló.
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