Administración Pública
La Audiencia sí admite a la Junta como parte perjudicada
Acepta el recurso y anula la decisión del juez de Huelva que rechazó su personación en la causa
Acepta el recurso y anula la decisión del juez de Huelva que rechazó su personación en la causa.
La sección primera de la Audiencia Provincial de Huelva ha admitido la personación de la Junta de Andalucía en calidad de perjudicada en la causa que investiga el supuesto «fraude en los cursos de formación» otorgados por el Gobierno andaluz.
Según reza en el auto judicial, al que tuvo acceso Europa Press, la sala ha acordado estimar el recurso interpuesto por la Junta de Andalucía y la adhesión al mismo por el Ministerio Fiscal contra el auto del 17 de mayo del Juzgado de Instrucción número 5 de Huelva, encargado de esta investigación, y que desestimaba a su vez el recurso de reforma contra el auto del 22 de marzo. En consecuencia, revoca ambas resoluciones en el sentido de que la personación de la Junta debe admitirse en calidad de perjudicada.
Tras una vista, celebrada la pasada semana, la sección primera ha procedido a admitir la personación en este sentido a fin de que el Gobierno andaluz pueda ejercitar las acciones para recobrar los fondos que hayan sido defraudados por los beneficiarios de las subvenciones, ya que es la Junta quien deberá ser «resarcida de los daños sufridos».
Todo ello, al ser titular de los fondos empleados en los cursos de formación, dada la inexistencia –en principio– de daño económico «más allá del que pueda derivar de la actuación delictiva de los investigados en la causa respecto a la Hacienda Pública Andaluza», a lo que añade que «si se revierte algo de lo defraudado a las arcas públicas lo será en beneficio de toda la ciudadanía».
Del mismo modo, la Audiencia remarca que «no puede admitirse la postura del auto recurrido de que los perjudicados serían los ciudadanos ya que supondría conceder una acción directa a cada ciudadano, lo que permitiría intervenir a tantos como entendieran que son perjudicados, ni tampoco lo serían las personas destinatarias de los cursos de formación, al no haber sufrido las mismas ningún perjuicio patrimonial».
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