Política

Andalucía

La Fiscalía Anticorrupción exaspera a la Audiencia con sus recursos de los ERE

Al avalar las decisiones de la instructora Núñez, la Sección Séptima desliza su hartazgo

Los fiscales Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra / Foto: Efe
Los fiscales Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra / Foto: Efelarazon

Al avalar las decisiones de la instructora Núñez, la Sección Séptima desliza su hartazgo

«Las alegaciones no pueden prosperar por las mismas razones que, en multitud de otras ocasiones anteriores, ya se han desgranado»; «seguimos el criterio que este Tribunal ha sostenido sin fisuras» y «ha repetido en numerosas resoluciones como la parte recurrente conoce sobradamente»; «solo tenemos que responder lo que ya hemos expresados en múltiples resoluciones y reiteramos». Son algunas de las frases con las que los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla, encargada de resolver los recursos del caso ERE, rechazan una y otra vez las peticiones de los fiscales Anticorrupción Juan Enrique Egocheaga y Manuel Fernández Guerra para que anule las decisiones de la instructora María Núñez en las que excluye a ex altos cargos de la Junta de piezas separadas del caso.

Núñez aplica una y otra vez el principio «non bis in ídem» por el que nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, entendiendo que en la pieza política ya fueron enjuiciados no sólo por el procedimiento específico que el Gobierno andaluz usó durante una década para repartir 850 millones de fondos públicos sino por cada una de las ayudas sociolaborales y a empresas en crisis dadas con ese sistema. Una y otra vez la Fiscalía recurre, primero ante la propia jueza en reforma y después en apelación a la Audiencia, alegando que eso no es así; que en el juicio del procedimiento específico contra 21 ex dirigentes de la Junta –entre ellos los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán– no se les procesó por cada ayuda dada sino por la creación, mantenimiento y uso del sistema para darlas; y que así lo dijo el tribunal que los juzgó, de la Sección Primera de la Audiencia, en el auto en el que resolvió la cuestión previa planteada por los fiscales para delimitar el objeto de dicho juicio. Y una y otra vez, cuando estos recursos llegan a la Sección Séptima de la Audiencia, los magistrados le dicen a los fiscales que comparten el criterio de la instructora y que el auto aludido del tribunal que juzgó la pieza política «no nos vincula».

En el copia y pega de argumentos jurídicos se deslizan expresiones cargadas de intención que van a más con el tiempo de una macrocausa que lleva años enredada en los tribunales, de la que sólo se ha celebrado el primer juicio, el de la pieza política, y el segundo está fijado para septiembre de 2020 (relativo a la ayuda a Acyco).

«Es el criterio de este órgano que está resolviendo recursos de apelación del conocido procedimiento de los ERE desde hace siete años, y que tiene y ha tenido como perspectiva para decidir el devenir del procedimiento desde las troncales diligencias previas 174/2011 de las que derivaron luego las demás en razón a los centenares recursos de apelación que ha debido ir resolviendo en el curso de estos años», escriben los magistrados de la Sección Séptima de la Audiencia en un auto del 22 de marzo al confirmar la exclusión del ex director de Trabajo Juan Márquez de la investigación por la ayuda de 1,2 millones dada a Manufacturas del Corcho, tras los recursos de la Fiscalía y la Junta –acusación particular en las piezas separadas que renunció a ejercer en el juicio contra Chaves, Griñán y el resto de ex altos cargos procesados–. En otro auto del 20 de marzo, rechazando el recurso del Ministerio Público contra la exclusión del ex viceconsejero de Empleo Agustín Barberá por su participación en la concesión de la misma ayuda (de la que se beneficiaron trabajadores de otra empresa distinta), inciden en culpar a la propia Fiscalía de que los ex cargos juzgados en la pieza política no puedan volver a ser procesados en el resto.

«Se haga o no mención concreta a todas y cada una de las ayudas concedidas bajo el paraguas del procedimiento instaurado, estaban de facto contempladas» al enjuiciarlos por el sistema usado «se citasen o no nominalmente» pues el Ministerio Público les acusó «de un delito continuado de prevaricación en concurso con un delito continuado de malversación». señalan. Y añaden que «si se acusó (siquiera sea de forma provisional) así, no puede entenderse que no se esté contemplando cada uno de los actos que en sí mismos se consideraban que constituían prevaricación y malversación».

El PP pide que declare la UCO al poner la jueza «en entredicho» sus atestados

El PP andaluz ha apelado a la Audiencia el rechazo de la jueza María Núñez a su petición, como acusación popular, de que agentes de la UCO ratifiquen ante ella sus atestados sobre ayudas a empresas «ante la manifestaciones de algunos investigados o testigos, y de la propia juez

instructora, que ponen en entredicho los atestados policiales» para que los hechos que reflejan los agentes en ellos «sean sometidos a contradicción por las partes». Núñez rechazó esta petición en un auto el 8 marzo por no considerarlo necesario si bien el PP apeló a la Audiencia en un escrito del día 22 al no considerar motivada su negativa.