Desahucio
Una ley antidesahucios limitada a 200 viviendas
Fomento comprará inmuebles al borde del lanzamiento que engrosarán el parque público, sin echar a los inquilinos que pagarán un alquiler social
Fomento comprará inmuebles al borde del lanzamiento que engrosarán el parque público, sin echar a los inquilinos que pagarán un alquiler social
El Consejo de Gobierno de la Junta aprobó ayer el anteproyecto de Ley por el que se establece el Derecho de Tanteo y Retracto en desahucios de viviendas en Andalucía para evitar los lanzamientos de inmuebles. La Junta ejercerá el derecho de compra preferente de las viviendas afectadas por dación en pago o ejecuciones hipotecarias, con una previsión de incorporar 200 viviendas hasta 2020 al parque público de viviendas, y donde se permitirá a los inquilinos permanecer en la vivienda mediante el pago de un alquiler social.
Esta norma tiene como objetivo evitar que se produzcan desahucios a través de la adquisición, por parte de la Administración, de aquellas viviendas que están en la fase final de la ejecución hipotecaria en el proceso judicial.
El proyecto de ley cuenta con cuatro millones en los presupuestos de la Junta de este año, aunque la tramitación parlamentaria retrasará su aprobación entre seis y ocho meses. «Está suficientemente blindada para que no se recurra y se ha elaborado de forma participativa con colectivos», explicó el consejero de Fomento y Vivienda, Felipe López. Además, contempla modificar el régimen sancionador para prevenir abusos y reforzar los derechos de los consumidores.
La medida supondrá un aumento del parque público residencial de la Junta, que se destinará a atender a personas en vulnerabilidad y con mayores dificultades para acceder a una vivienda. El proyecto establece que la Administración ejercerá el tanteo y retracto en función de la situación de las familias, aplicándose a los colectivos de especial protección y atendiendo a un tipo de inmuebles que debe responder a las características exigidas para las VPO. Una vez ejercido el derecho de compra preferente, los afectados tendrán prioridad de alquiler sobre el inmueble. Asimismo, los afectados podrán recuperar la vivienda si la situación de la familia mejora. López apeló a «una mínima sensibilidad social del Gobierno, que hasta ahora demuestra tener poca», para que no recurra la norma.
El proyecto de ley fija como precio de la vivienda el valor del crédito a extinguir, poniendo el contador a cero en el caso de las daciones en pago, y la cantidad estipulada como valor de transmisión por el instructor judicial mediante resolución.
El nuevo marco normativo prevé obligaciones de información y notificación a la Junta para los profesionales que intervienen en los desahucios. Así, los órganos judiciales deberán trasladar los documentos relativos a la transmisión de la vivienda en subasta judicial y las órdenes de lanzamiento, mientras que los registradores tendrán que informar del cambio de titularidad del inmueble y los notarios, de las operaciones de transmisión.
Por su parte, el adquiriente de la vivienda otorgada por dación en pago estará obligado a avisar de su adquisición para que se pueda ejercer el derecho de compra preferente. El proyecto reconoce también este derecho a los ayuntamientos, previo acuerdo con la Junta.
Finalmente, la futura norma modificará la Ley 13/2005 de Medidas para la Vivienda Protegida y el Suelo para reforzar la protección de los adjudicatarios mediante la ampliación de los supuestos sancionadores. El proyecto introduce como sanción muy grave, con multas de entre 30.001 a 120.000 euros, la no devolución por parte de los promotores de las cantidades entregadas a cuenta por los adjudicatarios en caso de resolución del contrato de compraventa.
El PP-A criticó que la Junta traiga «dos años tarde y sin presupuesto» la Ley de Retracto e IU lamentó que el gobierno de Díaz se ponga «del lado de los bancos» con este proyecto de ley.
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