Política

Castilla y León

El Gobierno Herrera agiliza conflictos y abarata costes en los contratos agrarios

Milagros Marcos constituye la Junta de Arbitraje y Mediación como una nueva alternativa a la vía judicial

La consejera de Agricultura y Ganadería, Milagros Marcos, durante la constitución en Valladolid de la Junta de Arbitraje y Mediación
La consejera de Agricultura y Ganadería, Milagros Marcos, durante la constitución en Valladolid de la Junta de Arbitraje y Mediaciónlarazon

Agilizar la resolución de conflictos; reducir los costes derivados de su resolución; e implicar de manera más activa a las partes en la solución de la disputa. Son los objetivos con los que nace la Junta de Arbitraje y Mediación, puesta en marcha por la Consejería de Agricultura y Ganadería, que pretende convertirse en una alternativa a la vía judicial para resolver aquellos problemas que puedan surgir en una relación contractual dentro de la actividad agraria.

La consejera Milagros Marcos presidía la constitución formal de este nuevo órgano, junto con representantes del sector productor, industrial y de la distribución y la cadena alimentaria, en un encuentro que ha tenido lugar en Valladolid.

Entre las funciones de esta Junta se encuentran las de difundir la cultura arbitral y de mediación, para lo que participará en el asesoramiento a los profesionales del sector agrario sobre su uso como sistemas de solución extrajudiciales ante las controversias surgidas en el desarrollo de un contrato agrario. También puede proponer cláusulas de arbitraje y mediación que puedan introducirse en dichos contratos o participar en la formación especializada en este campo.

Podrán solicitar la actuación de este órgano las partes bilateral o unilateralmente, de un contrato agrario, siempre que una de ellas tenga domicilio social en Castilla y León. Y, para ello, contarán con dos vías: una, de forma presencial, en las oficinas de información y registro de la Junta; y otra, de manera telemática, a través del registro electrónico de la Administración.

El presidente de este mecanismo acusará recibo de la solicitud, y en el caso de que se haya producido de manera unilateral, por una sola parte del contrato, se interesará el consentimiento de la otra parte, para acordar con ellas el sistema para la resolución de la controversia, arbitraje o mediación.

Posteriormente, la sección de arbitraje o de mediación, según corresponda, elaborará el listado de árbitros y mediadores que puedan intervenir en la resolución y se trasladará a las partes, que tendrán la libertad de elección del árbitro o mediador y deberán comunicarlo.

Tras conocerse el contenido del laudo arbitral o acuerdo de mediación y guardando siempre la correspondiente confindencialidad, la Junta de Arbitraje y Mediación podrá utilizar su contenido para la mejor redacción e interpretación de las cláusulas contractuales de los contratos.