Tribunal Supremo
Un juez ordena que Ginés Jiménez reingrese en la Policía Local de Coslada
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 3 de Madrid ha decretado la reincorporación del exjefe de la Policía Local de Coslada, Ginés Jiménez, al cuerpo, aunque con la limitación de no ostentar "en ningún caso"de nuevo la jefatura, hasta que se dicte una sentencia firme en este caso.
El citado juzgado ha ordenado, en un auto del 14 de junio al que ha tenido acceso Efe, la suspensión de la resolución del Ayuntamiento de Coslada dictada el pasado 18 de abril, en la que le suspendía de empleo y sueldo tras ser condenado en marzo a un año y seis meses de prisión por un delito de obstrucción a la justicia.
El Ayuntamiento anunció que mantendría las "medidas cautelares"sobre el agente, que ostenta el segundo puesto en el escalafón de la Policía Local, hasta que exista una sentencia firme.
Pero el juzgado ha ordenado su reincorporación con la limitación de que la sentencia "no podrá en ningún caso"dar lugar a que el procesado ostente la jefatura de la Policía Local, "aunque sea de forma accidental".
Por eso el Consistorio deberá "arbitrar los mecanismos necesarios para ello, hasta tanto se dicte sentencia firme en estos autos", añade.
En el auto, el magistrado destaca que Ginés Jiménez no está sujeto a medidas cautelares dictadas por la jurisdicción penal que impidan el desempeño de su puesto de trabajo, así como que la primera suspensión del oficial fue el 16 de noviembre de 2012, por lo que han transcurrido más de seis meses de suspensión provisional.
Matiza que, independiente de que el proceso incoado se resuelva a favor o en contra del encausado, la suspensión provisional de empleo y sueldo conlleva perjuicios para él y su familia.
Jiménez ha recordado, en un comunicado, que ha sido suspendido dos veces por el Ayuntamiento de Coslada a pesar de que no es firme la sentencia a un año y seis meses de cárcel dictada por el Juzgado de lo Penal número 13 de Madrid el 18 de abril pasado.
El oficial sostiene que la reincorporación deber ser "inmediata", es decir, nada más recibirse la resolución judicial en el Ayuntamiento de Coslada.
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