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Eutanasia: Madrid abre un registro telemático de objetores

Crea una Comisión de evaluación de casos formada por 25 profesionales de la medicina, psicología, enfermería y derecho

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posa con dos trabajadoras sanitarias durante su visita al Hospital Enfermera Isabel Zendal
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posa con dos trabajadoras sanitarias durante su visita al Hospital Enfermera Isabel ZendalEUROPA PRESS/I.Infantes. POOLEuropa Press

«Hoy es un día triste porque vamos a permitir algo que se autoriza solo en muy pocos lugares del mundo y que va contra la esencia de la medicina, contra el juramento hipocrático, contra el código deontológico y contra la Asociación Médica Mundial», dice Manuel Martínez Sellés, presidente del Colegio de Médicos de Madrid con motivo de la entrada en vigor, hoy, de la Ley Orgánica para la regulación de la Eutanasia.

La norma fue aprobada en el Congreso de los Diputados en marzo pasado y obliga a las Comunidades autónomas a implementar algunas medidas para poder aplicar esta ley orgánica. Una de ellas es la creación de un registro de profesionales sanitarios objetores que se nieguen a practicar la eutanasia a personas que se encuentren en «un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o enfermedad grave e incurable causante de un sufrimiento intolerable», tal y como recoge la ley.

La Comunidad de Madrid cuenta ya, desde hoy, con este Registro de Profesionales Sanitarios objetores de conciencia a la prestación de ayuda a morir, ha asegurado un portavoz de la Consejería de Sanidad. Depende de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria.

Los nombres de los profesionales sanitarios objetores no se podrán conocer, ya que el registro no tiene acceso público y, además, «estará sometido a la más estricta confidencialidad y respeto a la normativa de protección de datos», añaden las mismas fuentes.

Ayer, ningún profesional había solicitado formar parte de este registro. Pero es que Sanidad cree que podrán inscribirse en cualquier momento. La declaración de objeción se realizará de manera telemática por los profesionales sanitarios implicados en la prestación, médicos, farmacéuticos y psicólogos, según Sanidad.

El Colegio de Médicos de Madrid, no obstante, cree que los profesionales no van a dar ese paso de manera inmediata, sino cuando se enfrenten a un caso concreto. «No hay por qué objetar a priori, sino solamente cuando un médico reciba una de estas peticiones y confiamos en que sean excepcionales. También habrá que ver si hay personas voluntarias que se presten a ello, porque la gran mayoría se va a negar a matar a sus pacientes. Eso sí, no queremos que se señale a los profesionales en una lista negra», añade el presidente del Colegio de Médicos. Una de las grandes preocupaciones entre los profesionales es el desconocimiento sobre cómo se va a aplicar realmente el protocolo teniendo en cuenta que el margen de tiempo desde que se publicó la ley orgánica en el BOE y su entrada en vigor ha sido solamente de tres meses. «Puede que si un paciente solicita la eutanasia en un centro y no hay ningún voluntario que quiera hacerlo, tenga que ser trasladado a otro hospital y al final sean unos pocos que disponga la Comunidad de Madrid los que den respuesta a estas situaciones y el paciente sea trasladado hasta allí», añade Martínez Sellés. De lo que sí está convencido es de que habrá 17 formas diferentes de aplicar la nueva ley dependiendo de la comunidad autónoma.

Comisión de evaluación

El prestación de la ayuda a morir implica la intervención de varios especialistas y también de una Comisión de Evaluación autonómica, que está regulada en la propia norma y que deberá elegir dos a dos expertos, uno de ellos juristas, para evaluar el caso.

La ley estatal fija una composición mínima de siete miembros, pero Madrid ha decidido que esté compuesta por 25 profesionales: un presidente (licenciado o graduado en Medicina), un vicepresidente (licenciado o graduado en Derecho) y 23 vocales.

Los vocales serán: 9 médicos de distintas especialidades y 9 juristas, tres profesionales de enfermería, un psicólogo y un trabajador social. Esta comisión de Garantías y Evaluación estará adscrita al Servicio Madrileño de Salud, según ha informado la Consejería de Sanidad.

El presidente del Colegio de Médicos, Manuel Martínez Sellés, cree que una comisión de garantías que esté integrada por 25 miembros puede ser «muy positivo» por el hecho de que «cuantas más opiniones expertas tomen parte será mucho mejor. Pero lo más importante es que nos aseguremos de que todos los pacientes hayan recibido un tratamiento adecuado, porque lo preocupante sería que no hubieran tenido unos cuidados paliativos convenientes».

Otra de las preocupaciones de los médicos ahora que entra en vigor la nueva ley orgánica es que «no sabemos muy bien cómo se va a aplicar la ley porque no hay protocolos. Es una locura la prisa que se han dado en legislar en plena pandemia sin contar con los profesionales sanitarios y en tan solo tres meses querer poner algo en práctica que es tan complejo. Es demencial», lamenta Martínez Sellés. Y es que «matar a una persona no es sencillo y la forma no está protocolizada, ni está determinado quién lo va a hacer y dónde y eso genera inseguridad», añade.

Fármacos

También existe incertidumbre sobre los fármacos que deberían utilizarse en la prestación de la ayuda a morir. «De los múltiples medicamentos disponibles, no se pueden utilizar para tratar enfermedades distintas a las que padece el paciente, sino para la indicación concreta que tienen. Un uso diferente, sería dárselo para algo que no está aprobado», puntualiza.

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, defendió durante su discurso de investidura en la Asamblea de Madrid una atención paliativa integral y la Ley de Derechos y Garantías de las personas en el proceso de morir aprobada por la Comunidad de Madrid hace cuatro años.

La norma garantizará a los madrileños que puedan manifestar en el documento de instrucciones previas los supuestos y circunstancias en los que se les aplicará la ley nacional. De la misma manera podrán expresar su voluntad, si es el caso, de que no se le aplique la prestación de ayuda a morir, ni que su representante pueda solicitarlo, según detalló.