Juicio

El kamikaze que mató a un joven en la M-50 se enfrenta a quince años

El viernes arranca el proceso del siniestro ocurrido en septiembre de 2019. El acusado circulaba ebrio, por encima del límite y en dirección contraria

Un vehículo kamikaze que circulaba en dirección contraria ha colisionado frontalmente con otro vehículo en la M50, y ha provocado la muerte del otro conductor
Un vehículo kamikaze que circulaba en dirección contraria ha colisionado frontalmente con otro vehículo en la M50, y ha provocado la muerte del otro conductorEfeEFE

Son las 6:30 horas de la mañana del 15 de septiembre de 2019. Un conductor circulaba a 139 km/h, cuando la velocidad máxima era de 100 y la recomendada de 80, por sentido contrario en la autopista de circunvalación de Madrid M-50 en el tramo desde Fuenlabrada a Arganda. Todo ello después de haber ingerido una considerable cantidad de bebidas alcohólicas y sin hacer caso a las ráfagas de luz que le hacían los conductores que circulaban por el sentido correcto. Hasta que no pudo esquivar a uno de los coche y colisionó con el del kamikaze, cuyo vehículo alcanzaba entonces los 146 km/h. El impacto fue de tal magnitud que el vehículo de la víctima «fue levantado del suelo desde la parte delantera izquierda por el vehículo contrario, que pasó por debajo del mismo» para, a continuación, girar 180 grados hasta que chocó con una de las paredes del túnel. Como consecuencia de las heridas recibidas, el conductor del vehículo contra el que chocó el del kamikaze falleció. Ahora, el próximo viernes, el hombre que circulaba en dirección contraria, «con pleno desprecio a los posible resultados lesivos que pudieran derivarse de su acción y asumiendo las consecuencias del mismo», se sentará en el banquillo de los acusados de la Audiencia Provincial de Madrid. Se enfrenta a una pena de 15 años de cárcel por los delitos de homicidio, conducción temeraria con manifiesto desprecio por la vida de los demás y otro contra la seguridad vial. Desde que sucedieron los hechos, el acusado, cuya identidad responde a las iniciales de K. C. B., permanece en prisión preventiva.

Visibilidad «acorde»

El representante del Ministerio Público no tiene dudas de que el acusado era «conocedor» de que circulaba en sentido contrario al establecido porque, «aunque era de noche, el cielo estaba nublado y con lluvia intermitente», la visibilidad en la carretera era «acorde» al alumbrado que llevaba «y a la iluminación existente en la vía y en el túnel». En concreto, la Fiscalía concluye que el acusado recorrió «aproximadamente» 1,9 kilómetros en sentido contrario al estipulado y a alta velocidad, «rebasando a varios vehículos que tuvieron que realizar maniobras para evitar colisionar de manera frontal», hasta que, finamente, no pudo hacerlo con uno, a cuyo conductor provocó la muerte por la tremenda colisión que provocó.

De acuerdo con el escrito de conclusiones provisionales de la Fiscalía, el acusado comenzó a circular con su vehículo, media hora antes de que sucediera el fatal desenlace, pese que sus facultades estaban disminuidas por la ingesta previa de bebidas alcohólicas, lo cual «mermaba su capacidad» para una efectiva conducción, «control y frenado», así como «pérdida de reflejos y de capacidad visual y siendo consciente de que con ello ponía en grave peligro a lo demás usuarios de la vía».

Víctor, la víctima, acudía a trabajar cuando fue embestido por el acusado
Víctor, la víctima, acudía a trabajar cuando fue embestido por el acusadoLa RazonLa Razón

Así, circuló en dirección contraria a la debida y «daba ráfagas con las luces largas para deslumbrar a los conductores de los vehículos que le venían de frente y trataba de embestirlos. Algunos lograron esquivarle con maniobras peligrosas, hasta que colisionó con un Citroën C4 que circulaba «correctamente por el carril central de los tres existentes y cuyo conductor falleció.

El acusado, según la Fiscalía, no realizó ningún tipo de maniobra evasiva para eludir la colisión «aun habiendo percibido su presencia [la del otro conductor], mostrándose completamente ajeno al instinto más básico de supervivencia y de deber de cuidado propio y ajeno». Es más, añade que el conductor fallecido no pudo prever que otro vehículo estuviese circulando en sentido contrario por la autopista y de ahí que «tan sólo pudo realizar una leve maniobra evasiva de giro a la derecha, al verse totalmente sorprendido, no logrando evitar que se consumara el siniestro, y salvar su vida».

Por todo ello, la Fiscalía solicita quince años de prisión, otros diez de retirada del permiso de conducir y que, junto a la compañía aseguradora, indemnice con 220.000 euros a los padres de la víctima (ya han percibido algo más de 180.000 euros), así como con 12.500 euros a la novia, las dos abuelas y el tío del fallecido, además de 394 euros a la Sociedad Estatal de Infraestructura y Transporte por los daños ocasionados la vía.

La víctima, Víctor, de 20 años, era trabajador en una conocida cadena de supermercados. De hecho, aquel día se dirigía a su puesto de trabajo. Una nueva tragedia difícil de asumir para sus padres, que, el año anterior, habían perdido a otro hijo.