Fiscalidad

Los tres impuestos que hay que pagar en abril y mayo en Madrid y cómo hacerlo

Desde el día 1 de abril al 31 de mayo, ambos inclusive, se desarrolla el cobro en período voluntario

Coronavirus.- El Consejo Rector de Gestalba aprueba por unanimidad retrasar el pago de impuestos
El periodo de pago voluntario se extiende hasta el próximo 31 de mayolarazonDIPUTACIÓN DE ALBACETE

El Ayuntamiento de Madrid, a través de su Agencia Tributaria, acaba de informar a las personas y entidades contribuyentes y demás interesadas, que desde el día 1 de abril al 31 de mayo, ambos inclusive, se desarrollará el cobro en período voluntario de:

-Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

-Tasa por Aprovechamiento del Dominio Público Local con Paso de Vehículos.

-Tasa por Aprovechamiento del Dominio Público Local por el uso de Cajeros Automáticos propiedad de las Entidades Financieras.

MODALIDADES DE PAGO

1º.- Mediante domiciliación bancaria.

Si el tributo ya está domiciliado con anterioridad.

Si se domicilia el tributo por primera vez durante el período voluntario de pago, a través de Internet (www.madrid.es/domiciliaciones), del Teléfono de Atención 010 y de las Oficinas de Atención al Público, el importe se cargará en la cuenta bancaria el 15 de junio y en años sucesivos el cargo se producirá el último día del período voluntario de pago.

2º.- Pago con tarjeta de crédito o débito

A través de Internet, en la página www.madrid.es/pagos

A través del teléfono 010 si llama desde el municipio de Madrid y en el teléfono 91 529 82 10 si lo hace desde dentro o fuera.

3º.- Pago por banca electrónica Quienes sean clientes de banca electrónica de las entidades autorizadas que figuran en el apartado 5º, podrán efectuar el pago a través de www.madrid.es/pagos.

4º.- Pago con certificado digital A través de Internet, en la página www.madrid.es/pagos

5º. Pago a través de las oficinas de entidades colaboradorasSe puede realizar, previa presentación de los impresos en poder de la persona o entidad contribuyente, bien en ventanilla, bien en los cajeros automáticos en aquellas entidades que dispongan de este servicio de las siguientes: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (BBVA) - Banco Sabadell - Banco Santander - Caixabank - Ibercaja Banco

PLAZOS

Los horarios y días hábiles de pago serán los establecidos por cada una de las entidades citadas.

Quienes elijan los sistemas de pago especificados en los puntos segundo, tercero y cuarto anteriores, podrán efectuarlo hasta las veinte horas del 31 de mayo, último día del período voluntario de pago establecido.

Aquellas personas o entidades contribuyentes que no reciban los impresos pueden obtener un duplicado a través de: -Las “Oficinas de Atención Integral al Contribuyente”. www.madrid.es/OAIC. -Línea Madrid: - En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, www.madrid.es/lineamadrid -En el teléfono de Atención a la Ciudadanía 010 Línea Madrid, si llama desde el municipio de Madrid, y en el teléfono 91 529 82 10 si lo hace desde dentro y fuera. Servicio 24 horas. -Por Internet: en www.madrid.es/duplicados. El duplicado por teléfono o Internet podrá solicitarse entre los días 8 de abril a 20 de mayo, ambos inclusive.

Transcurrido el plazo de ingreso, las deudas pendientes de pago serán exigidas en vía ejecutiva, con los recargos legales e intereses de demora correspondientes, según lo previsto en los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. Este anuncio tiene carácter de notificación colectiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.