Covid-19
¿Puedo circular si me ha caducado el carnet de conducir estos días?
El BOE publica hoy una orden que aclara la vigencia de los permisos durante el estado de alarma
El Ministerio del Interior ha dictado hoy sábado una orden por la que se prorroga durante 60 días la vigencia de los permisos de conducir que caduquen durante el estado de alarma. La orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), señala que “los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.
La resolución, firmada por el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, también afecta a los permisos de conducción extranjeros válidos para conducir en España. La ley establece que estos permisos son válidos durante seis meses desde la llegada a España y que, vencido ese plazo, los conductores extranjeros deben canjear el permiso de su país por uno español.
La orden publicada hoy en el BOE establece que el cómputo de esos seis meses queda paralizado durante el estado de alarma, y se reanudará una vez finalizado ese periodo. Por lo tanto, los permisos de conducción extranjeros para los que no haya vencido los seis meses legales siguen siendo válidos durante el estado de alarma.
En cualquier caso, hay que recordar que los desplazamientos en coche están limitados a excepción de lo establecido en el Real Decreto que regula el estado de alarma.
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