Política exterior
Utilización de niños en conflictos internacionales
«La Convención de los Derechos del Niño obliga a los Estados a proteger la salud, seguridad e integridad de los niños en todo tiempo»
La reciente crisis hispano-marroquí ha tenido unos actores especialmente vulnerables: los menores de edad, quienes con o sin consentimiento paterno, cruzaron sin permiso de las autoridades españolas la frontera con Ceuta por El Tarajal.
Habría que señalar que lo ocurrido en Ceuta no ha sido una crisis migratoria más, similar a las que desde hace años se vienen sucediendo y en las que muchos marroquíes huyen de su país buscando una vida mejor. La entrada masiva de marroquíes en España ha sido debida a motivos exclusivamente políticos que las autoridades marroquíes ni siquiera han disimulado.
El ministro marroquí de Derechos Humanos ha declarado que «España conocía el alto precio de subestimarla»; por su parte, la embajadora marroquí en España declaró que «hay actos que tienen consecuencias y se tienen que admitir», en clara referencia al acogimiento en España del líder del Frente Polisario Brahim Ghali, quien recibió tratamiento médico en La Rioja. Si a esto le unimos el zahiriente editorial de Khalil Hichimi Idrissi, director de la agencia de prensa oficial de Marruecos, MAP, queda acreditado que la entrada masiva de marroquíes en España fue concebida, organizada, dirigida y ejecutada por las autoridades alauitas con una evidente intencionalidad política. Pruebas gráficas evidencian que la policía de fronteras marroquí, obviamente obedeciendo órdenes superiores, no solo no impidieron la salida de Marruecos de sus nacionales, sino que la consintieron y ampararon tanto como pudieron.
Descartada la naturaleza simplemente migratoria, humanitaria, económica o social de la avalancha humana sobre Ceuta, no queda más remedio que calificarla como una auténtica invasión del territorio nacional español por súbditos marroquíes, bajo la dirección y organización de sus autoridades, con grave quebranto de las más elementales normas que imponen las relaciones amistosas entre países vecinos.
Jurídicamente, lo sucedido días atrás es un gravísimo atentado contra la Carta de las Naciones Unidas, el Derecho Internacional, la soberanía y la integridad territorial de España, que puso en riesgo la paz y seguridad en la zona. Constituyó un acto gravemente inamistoso y sumamente hostil que, aunque desarmado y limitado en el tiempo, no por ello le resta gravedad. Solo la prudente y cautelosa respuesta española impidió que derivara en un abierto enfrentamiento. En efecto, tanto el derecho nacional como el internacional permiten a un Estado el uso de todos los medios a su alcance en defensa de su soberanía e integridad territorial, porque su vulneración por un Estado extranjero puede constituir un verdadero «casus belli». Es el «casus belli» por excelencia.
Mediante esta acción irresponsable y temeraria, las autoridades alauitas pusieron de su parte todo lo necesario para que la invasión terrestre de miles de sus súbditos pudiera haber derivado en una confrontación con resultado inimaginable.
Cabe preguntarse el juicio que merece el uso de menores, niños e incluso bebés, en la avalancha marroquí sobre Ceuta. Se han visto imágenes terribles, donde solo la eficaz actuación de nuestras Fuerzas Armadas y de Seguridad evitó la tragedia. Poner en peligro la salud y la vida de niños y bebés por motivos exclusivamente políticos es una imprudente acción y de una inhumana crueldad que la comunidad internacional no debería pasar por alto.
El llamado Derecho Internacional Humanitario respeta y protege a la población civil y muy especialmente a los niños en los casos de conflictos armados y, por ello, prohíbe a los Estados el reclutamiento en sus Fuerzas Armadas de los menores de 15 años, y entre los 15 a los 18, se exhorta para que se recluten a los mayores de esa franja. La protección de los menores de 15 años incluye la prohibición de su participación en las hostilidades directa o indirectamente.
El Estatuto de la Corte Penal Internacional incluye entre la lista de los crímenes de guerra que son competencia de dicho Tribunal, hacer participar activamente en las hostilidades a niños menores de 15 años, aunque se critica que dicha edad no se extienda hasta los 18. Por su parte, la Convención de los Derechos del Niño obliga a los Estados a proteger la salud, seguridad e integridad de los niños en todo tiempo, incluso en el caso de conflictos internacionales.
Cierto que la invasión de marroquíes en Ceuta ni fue una acción armada ni la llevó a cabo un ejército regular, pero el mismo Derecho Internacional Humanitario, altamente preocupado por la protección de los niños en todo momento, no limita su alcance a las hostilidades bélicas, sino que se alienta a los Estados a tomar, ya en tiempo de paz, medidas nacionales adaptadas a su sistema jurídico, legislativas o de otra índole, a fin de respetar o hacer respetar las normas contenidas en los tratados que regulan esta materia.
La utilización de menores de edad, niños e incluso bebés en la acción marroquí sobre la frontera de Ceuta, con gravísimo riesgo para su salud e integridad física, aparte de constituir un desprecio para la vida de sus propios ciudadanos, infringe no solo la Convención de los Derechos del Niño, sino que sobrepasa en exceso cualquier principio de prudencia en la interpretación y aplicación del Derecho Humanitario Internacional, cuando se sabía a ciencia cierta que dicha acción buscaba un conflicto internacional, aunque no haya derivado en un enfrentamiento abierto. La Unión Europea y el mundo civilizado deberían tomar nota.
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