Tribuna
Las balanzas fiscales de nuevo (II)
El problema es que actualmente se desconoce cuánto de la redistribución vía presupuestos se corresponde con el ajuste impositivo territorializado, y cuánto a justicia redistributiva
Desde que existen autonomías se viene observando que cuatro comunidades, Madrid, Cataluña, Valencia y Baleares, tienen déficit (pagan más que reciben) y el resto presentan superávit (al contrario). En el caso de Cataluña, aceptando los datos publicados y con las objeciones que más adelante se mencionaran, viene mostrando un déficit fiscal del 4,35%, mitad que el de Madrid (8,87%), resultando ser un déficit semejante o inferior al de otros territorios con el mayor déficit fiscal en sus respectivos países, como Alberta en Canadá (3,3%), Australia Occidental en Australia (3,93%), Flandes en Bélgica (4,4%), Baja California (6,48%) en México; o Baleares (5,71%) y Madrid (8,87%), en España. En Alemania, siete länder presentan déficit fiscal, y cuatro de ellos superan a Cataluña: Hessen (10,1%), Baden-Württemberg (9%), Hamburgo (7%) y Baviera (6,7%). En EEUU, lugar donde hay más datos sobre esta materia, hasta siete estados tienen un mayor déficit fiscal que Cataluña. El déficit de Nueva York alcanza el 6% y el de Nueva Jersey (11,7%), casi el triple del catalán.
Se entiende así que el profesor barcelonés Rodríguez Mora, llegase a la conclusión que «el tratamiento fiscal que Cataluña tiene en España sería lo que Cataluña debería esperar si formase parte de los EE UU». La queja de los nacionalistas catalanes carece de apoyo en la praxis fiscal del mundo occidental. Peor parados salen si nos remontamos a la historia, porque el escritor nacionalista Luis Creus i Vidal, reconoció que en el trienio 1927-1929, Cataluña, «recibió la mitad de las inversiones en infraestructuras». Por no hablar de las preferentes inversiones en Cataluña en tiempos más recientes. En marzo del año 1979 se podía leer en un periódico de tirada nacional «Cataluña y Asturias reciben la mitad de las inversiones del INI».
No obstante, el sistema del flujo del beneficio con el que Economía hace sus cálculos, tampoco refleja exactamente los déficits o superávits fiscales de los diferentes territorios, ya que la realidad es mucho más compleja. En efecto, hay que recordar que quienes pagan impuestos son las personas físicas o jurídicas, pero en ningún caso pagan los territorios. Salvo escasas excepciones, todos los españoles cualesquiera que sea su residencia tributan igual y, por lo tanto, no hay ciudadanos catalanes que paguen más que andaluces o extremeños, salvo que su propia imposición autonómica así lo exija. Un residente en Cataluña tributa igual que si residiese en Murcia. No es la tributación nacional la que discrimina por razón de residencia. La autonómica, sí.
La segunda objeción consiste en que las balanzas fiscales, para que reflejen fielmente la realidad fiscal territorial, deben ser corregidas para poder conocer con exactitud cuál es la efectiva tributación de los sujetos pasivos de cada comunidad, de forma que no se presenten las balanzas siguiendo exclusivamente el criterio del domicilio de los mismos, sino teniendo en cuenta también y, sobre todo, el lugar de obtención de las rentas. En efecto, en las balanzas publicadas observamos que entre Madrid y Cataluña presentan el 88% del déficit total, lo que permite sospechar que algo no está suficientemente bien explicado. Madrid y Cataluña no pueden sustentar la casi totalidad del déficit presupuestario del resto de España. Algo no cuadra.
Efectivamente, Madrid y Cataluña concentran el 73% de las empresas multinacionales extranjeras radicadas en España, el 74% de las empresas del IBEX 35 y el 78 % de las 50 mayores empresas españolas, que si bien tributan en Madrid o Cataluña, operan y obtienen beneficios en toda España. Cuando una empresa opera en varias comunidades autónomas, en justicia se debería considerar a estos efectos, residente en cada autonomía por la actividad que en cada una ejerce y, en consecuencia, el impuesto recaudado no se debería imputar a la comunidad del domicilio social (Madrid o Cataluña), sino que se debería regionalizar con arreglo al beneficio obtenido en cada comunidad. Esas cuentas no están hechas.
Estas cuestiones son corregidas mediante una adecuada redistribución de la recaudación vía Presupuestos del Estado, y no sólo por razón de solidaridad entre regiones «ricas» y «pobres», sino por justicia impositiva. Lo percibido a través de los Presupuestos no es exclusivamente solidaridad interregional sino, en parte, redistribución de la recaudación. El problema es que actualmente se desconoce cuánto de la redistribución vía presupuestos se corresponde con el ajuste impositivo territorializado, y cuánto a justicia redistributiva. Salvo que se modifique la contabilidad nacional, no se podrá saber.
En todo caso, Francisco Cambó, fundador de la Liga Regionalista, escribió en sus memorias: «los catalanes hemos sido siempre muy hábiles manejando los aranceles y defendiendo nuestros intereses. A veces, hasta las defensas que hemos impulsado han sido exageradas y, por tanto, [para el resto de España] perjudiciales e injustas». Se entiende así que el exministro Borrell escribiera sobre los independentistas catalanes «estamos dolorosamente hartos de escuchar la cantidad de errores y falsedades en las que se basan».
Tomás Torres Perales abogado y economista. Academia de las Ciencias y Artes Militares.
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