España

Coherencia ineludible

Se debate el PSOE entre mantener su discurso de firmeza irreductible ante la corrupción, lo que llevaría inevitablemente a su secretario general, Pedro Sánchez, a exigir la entrega de sus actas de diputado y senador, respectivamente, a los ex presidente de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán, o socorrerse en el principio constitucional de la presunción de inocencia que, sin embargo, niegan ceñudamente en otros casos. Porque el recurso a la semántica procesal, como es insistir en que los dirigentes socialistas andaluces no están técnicamente imputados, puede servir para ganar tiempo ante la opinión pública, pero no se ajusta a la realidad de los hechos, por cuanto el Tribunal Supremo ya ha dictaminado que en el auto de la jueza Mercedes Alaya existe materia susceptible de ser investigada, señalando, incluso, que podría constituir supuestos delitos de prevaricación y malversación de fondos públicos. El alto tribunal insiste en que «resulta, pues, imprescindible continuar la investigación de los hechos y participación en los mismos de los aforados». En consecuencia, se designa instructor de la causa al magistrado Alberto Jorge Barreiro, profesional de reconocido prestigio que ya instó el juicio oral contra el ex juez Baltasar Garzón por el caso de las escuchas irregulares. Procesalmente, al tratarse de personas aforadas, la Ley exige que se conceda previamente el suplicatorio para realizar la imputación formal, salvo que los dos ex presidentes andaluces decidieran declarar voluntariamente ante el juez, con lo que pasarían, automáticamente, a la condición de imputados, como garantía de defensa. Es decir, que a efectos procedimentales, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, junto con otros ex altos cargos de la Junta de Andalucía, están incursos en el caso de los ERE irregulares, en el mismo grado que quienes no gozan de fuero. Por supuesto, a efectos legales, esto no significa en modo alguno que se pueda enervar su presunción de inocencia, pero dada la posición política que mantiene el partido del que forman parte ante los casos de corrupción, que se inclina por el rigor y plantea que la simple imputación –que ya advertimos de que es una figura procesal que nació para reforzar el derecho de defensa– sea motivo suficiente para la exclusión de cargos públicos o listas electorales, deberían ser consecuentes y aplicarse lo que exigen a otros. La corrupción en España es un problema, cierto, que, además, irrita profundamente a la sociedad. Pero, tal vez, los responsables políticos deberían plantearse si ciertas actitudes justicieras, que en el fondo tienen mucho de partidismo electoralista, no causan más perjucios al bien jurídico general de los que se pretenden solucionar. El PSOE, con los casos de Chaves y Griñán, tienen materia de sobra para la reflexión.