Coronavirus

Sanidad oculta si dará mascarillas higiénicas o quirúrgicas en el transporte público

Las primeras “no están diseñadas para proteger”, según las empresas tecnológicas, y las segundas sólo pueden dispensarse por sanitarios por tratarse de productos sanitarios

Un voluntario de Cruz Roja repartiendo mascarillas
Un voluntario de Cruz Roja repartiendo mascarillas larazonALBERTO P.SOLER

A partir de hoy, el uso de mascarillas es obligatorio en los transportes públicos y para ello el Gobierno ha empezado a distribuir seis millones de dispositivos de este tipo en estaciones de metro, autobús y tren. También ha enviado siete millones a la Federación de Municipios y Provincias para su reparto, y otro millón y medio a Cáritas, Cruz Roja y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI).

¿Qué tipo de mascarillas son? Se desconoce. Si en los días previos a la anterior entrega el ministro Salvador Illa habló de las higiénicas porque, según apuntó, las quirúrgicas estaban destinadas al personal sanitario, esta vez su departamento prefiere guardar el secreto. A preguntas de este periódico, un portavoz del Ministerio de Sanidad se limitó a decir que se trataría de “mascarillas”, sin especificar clase.

La cuestión no es menor. Tal y como informó LA RAZÓN el pasado día 1 de abril, las mascarillas llamadas higiénicas apenas son más que una barrera que limita la propagación del coronavirus, pero que no aísla de forma conveniente y que “no están diseñadas para proteger”, tal y como refrenda la información hecha pública por la Federación Española de Empresas de Tecnología Sanitaria (Fenin) o el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid, que subraya que “parece que esta clase tiene una eficacia muy limitada en la prevención del contagio por el usuario de la misma”.

Las mascarillas higiénicas no están encuadradas dentro de la categoría de productos sanitarios, algo que sí son las llamadas mascarillas quirúrgicas de venta en farmacias. Estas últimas no sólo limitan, sino que evitan también la propagación del virus en las dos clases que existen, las de tipo 1, dirigidas a personas que no están enfermas, y las de tipo 2 y 2R, con cierta resistencia a salpicaduras como sangre o estornudos. Al ser productos sanitarios, dichas mascarillas están reguladas por el Real Decreto 1591/2009 de 16 de octubre sobre productos sanitarios. Se trata de una norma que, según fuentes jurídicas, establece garantías de utilización y no podrían darse de forma individualizada en la calle por profesionales no sanitarios, entre otras razones porque se perdería la trazabilidad en caso de una retirada de mercado.

De hecho, un decreto publicado ya en el estado de alerta circunscribe a los farmacéuticos la dispensación individualizada de estos productos mediante entregas unitarias. Desde Sanidad aseguran en cambio que no se incumpliría el decreto de 2009, bajo el argumento de que el estado de alarma habilita al Ministerio a adoptar las medidas necesarias para garantizar la protección de la salud.

Fuentes jurídicas replican sin embargo que las prerrogativas del Gobierno no son ilimitadas en este tipo de estado de alarma. “El Gobierno debe actuar conforme al ordenamiento jurídico y puede cambiarlo, pero debe adoptar acuerdos para hacerlo y publicarlo para que sean aplicables”. En este sentido, “las mascarillas quirúrgicas son un producto sanitario y como tal sólo pueden darse por sanitarios”, aseguran.