Seguros
¿Puedes desgravarte el seguro médico en la declaración de la Renta?
No solo los autónomos y las empresas pueden desgravarse los seguros de salud
El 2 de abril ya podrá hacer y presentar la declaración de la Renta. Y entre las muchas dudas que pueden surgir es qué seguros podemos desgravarnos para reducir así nuestra carga fiscal.
En el caso concreto de los seguros médicos, ¿son deducibles? Pues, aunque en general no desgravan, pueden beneficiarse de esta deducción los autónomos y las empresas. Y no solo.
"Es importante tener en cuenta los seguros de salud a la hora de realizar la declaración de la Renta, ya que los autónomos y las empresas pueden desgravarse los seguros de salud, independientemente de si lo han contratado de forma individual o familiar, a excepción del País Vasco, ya que los autónomos no pueden desgravarse su seguro médico debido a que cuentan con su propio régimen foral de financiación", explica en un comunicado Carmen Reverte, responsable de seguros de salud en Rastreator.
"En el caso de los trabajadores por cuenta ajena -añade-, no podrán incluirlo en la Renta debido a que no se trata de un gasto deducible, ya que Hacienda considera que se trata de una contratación que se hace para complementar el Sistema Nacional de Salud de la Seguridad Social. Sin embargo, sí que podrá hacerlo en el caso de que el trabajador por cuenta ajena lo contrate a través del paquete de retribución flexible de su empresa”.
En este sentido, cada vez son más las empresas que incluyen los seguros de salud dentro de sus beneficios sociales, ya que es uno de los servicios mejor valorados por parte de los empleados.
De hecho, según el análisis de Rastreator, el 21% de los españoles ya cuenta con un seguro de salud que le proporciona su empresa.
“Tanto los trabajadores por cuenta ajena que contratan el seguro de salud colectivo suscrito por la empresa como los autónomos pueden deducir sus pólizas con los mismos límites. Es decir, ambos pueden desgravarse 500 euros por cada persona cubierta (1.500 euros en caso de discapacidad) y con un límite anual de 4.500 euros en total lo que puede suponer un ahorro importante en las facturas”, aclara Reverte.
Otros seguros que se pueden desgravar
Los seguros de salud no son los únicos que pueden desgravarse en la declaración de la Renta, ya que, en algunos casos, los seguros vinculados a una hipoteca o los propietarios que cuentan con una vivienda en alquiler también podrán deducírselo si cumplen ciertos requisitos.
Así, en cuanto a los seguros vinculados a la hipoteca, este tipo de pólizas permiten al hipotecado deducirse el 15% del importe que haya pagado a lo largo del año siempre y cuando dicha hipoteca se haya contratado antes del 1 de enero de 2013. Si la compra de la vivienda se hizo antes de esa fecha, el hipotecado puede deducirse hasta 9.040 euros anuales, donde se incluyen las cuotas de la hipoteca y la prima de los seguros.
Los propietarios de una vivienda en alquiler pueden desgravarse todos los gastos necesarios para conseguir arrendar el inmueble, como los de reparación, conservación, administración o de suministro, entre otros. En la lista de gastos deducibles también se encuentra el seguro de hogar. Asimismo, si para adquirir esta vivienda se ha contratado una hipoteca con algún seguro vinculado, esta póliza también se puede desgravar en la declaración de la Renta.
Respecto a los seguros para autónomos, los trabajadores por cuenta propia pueden deducirse muchos de los gastos que realizan para desempeñar su actividad, entre los que se encuentra el pago del seguro. A la póliza de salud se le suman otras pólizas como el seguro de responsabilidad civil para autónomos y pymes, de hogar si se trabaja desde casa e, incluso, el de coche si el trabajador utiliza un vehículo solo para trabajar.