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302 años de cárcel para el protagonista del mayor caso de pederastia de España
La Audiencia de Las Palmas ha condenado al principal imputado en el "caso Kárate", el mayor proceso por pederastia juzgado hasta la fecha en España, Fernando Torres Baena, a 302 años de cárcel, como autor de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores.
Un caso de «"megaabusos"sin precedentes en la historia de la jurisprudencia del país», en el que medio centenar de personas fueron sometidas a «relaciones sexuales indiscriminadas, daba igual la edad o el sexo», durante dos décadas. De esta manera define la Audiencia de Las Palmas el «caso Kárate», que ha sentenciado con un total de 576 años de prisión para los tres implicados.
El principal imputado, Fernando Torres Baena, deberá pasar entre rejas 302 años como autor de 35 delitos de abuso sexual y otros 13 de corrupción de menores. Además, deberá indemnizar en concepto de responsabilidad civil con las víctimas de 50.000 euros, 40.000 euros y 10.000 euros, en función del agravio sufrido.
El magistrado ponente, Salvador Alba, leyó la decisión en vista pública y dijo que María José González, esposa de Torres Baena y monitora de su academia de artes marciales, ha sido condenada a 148 años de prisión por 20 delitos de abuso sexual. Además, la profesora de kárate del centro, Ivonne González, deberá permanecer en la cárcel 126 años como responsable de 17 casos de abusos sexuales. En el mismo procedimiento resultó absuelto el monitor Juan Luis Benítez, para el que el que Ministerio Fiscal solicitaba una pena de 20 años, informa Efe.
Depredador sexual
Dada la gravedad de las condenas, la Audiencia ordenó la detención de Ivonne González, para que ingresara de inmediato en prisión. González pasó parte de la instrucción en prisión preventiva, al igual que Fernando Torres Baena y María José González, pero el tribunal le permitió salir en libertad el 13 de septiembre por entender que no existía riesgo de que se fugara o de que desvirtuara las pruebas.
La sentencia, dura y ejemplar, considera como hecho probado que Torres Baena se comportó con los alumnos de su academia de artes marciales como «un depredador sexual» y organizó con ellos «auténticas orgías» sin importarle la edad o el género de los menores, característica sobre la que Torres Baena «solía incidir», ya que sus víctimas eran «más fácilmente maleables a cortas edades». Asimismo, constata que el principal encausado, ex campeón nacional de kárate, se aprovechó de su «condición de héroe deportivo» y de su «ascendencia emocional» sobre sus alumnos, muchos de ellos menores de edad, para «doblegar su voluntad» y satisfacer con ellos sus «deseos lúbricos».
Asimismo, hizo hincapié en que Torres Baena planteaba el sexo como método «de educación y mejora deportiva» de sus alumnos, para lo que «se valió» de su primer mujer y de María José González e Ivonne González, ambas también acusadas y condenadas. En los hechos probados, señala que a través de ellas estableció una «auténtica red de captación de menores» dedicados al kárate, convirtiendo como «centro de operaciones» el gimnasio Torres Baena y chalé de Playa de Vargas. Fue en esta vivienda donde se desarrollaron «auténticas orgías» durante los últimos 15 años.
La Asociación de Víctimas del «caso Kárate» acogió con satisfacción la decisión judicial porque «da por ciertos los hechos» denunciados y desmonta la teoría de la conspiración esgrimida por el principal acusado, según dijo el letrado de la asociación, José María Palomino.
En cambio, el abogado defensor de Torres Baena mostró su desacuerdo con la sentencia y anunció que la recurrirá. Ángel Luis Calonge también aludió a las palabras del presidente del tribunal, Emilio Moya, que, haciendo referencia a la declaración de una víctima, señaló que «el gimnasio Torres Baena era un puterío».
No obstante, matizó que el magistrado ha leído un esbozo de la sentencia, por lo que tendrá que leerla en su totalidad para poder hacer una valoración «adecuada», aunque incidió en que no está «en absoluto de acuerdo» con lo que había escuchado en la sala. «Contentísima con la absolución de Juan Luis, que era, por otra parte, como una crónica anunciada, porque durante el procedimiento quedó acreditado que merecía la sentencia absolutoria», destacó María Rosa Díaz, la letrada que ha defendido a Benítez.
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