Brote de ébola

Abren diligencias contra el consejero de Sanidad por la muerte de Excálibur

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha incoado un procedimiento de diligencias previas en relación a la denuncia presentada por la Asociación Contra el Maltrato (ACM) contra el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Javier Rodríguez, por presunta prevaricación en el sacrificio de Excálibur, el perro de la auxiliar de enfermería Teresa Romero, que ha superado la enfermedad del ébola, y su marido, Javier Limón.

El TSJM, en un escrito notificado este miércoles a la ACM y a la que tuvo acceso Servimedia, ha acortado la apertura de diligencias previas, librar parte de esta incoación al Ministerio Fiscal y requerir al letrado denunciante, Víctor Valladares, para que en el plazo de cinco días se persone con procurador aportando un poder especial para la formulación de la denuncia, presentada el pasado 23 de octubre.

Incoado el procedimiento de diligencias previas, el TSJM iniciará la fase de instrucción para la valoración de las pruebas que se vayan practicando para que la Sala determine si hay indicios o no de la comisión del ilícito penal denunciado. Se trata de una denuncia presentada al margen de las acciones iniciadas por Romero y Limón bajo la defensa del abogado José María Garzón, como una demanda civil para reclamar 150.000 euros a Rodríguez como indemnización por atentar gravemente contra su honor y una reclamación administrativa por valor de 150.000 euros por el sacrificio de Excálibur.

La denuncia penal presentada por la ACM, de 18 páginas recogida por Servimedia, también menciona como denunciado al director general de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, Manuel Molina. Esta denuncia fue presentada después de que la ACM solicitara a las consejerías de Sanidad y de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid información relativa al sacrificio de la mascota y no recibir respuesta en este sentido.

Entre la información solicitada figura el historial de las decisiones adoptadas, los informes sobre los que se fundamentaron su muerte, los protocolos seguidos, los análisis realizados o un certificado de que estos no se hicieron, las personas que tomaron la decisión, la documentación sobre cómo se practicó la eutanasia, las personas que entraron en la casa y sus equipamientos y el certificado de defunción del perro.

La denuncia señala que la eutanasia practicada a Excálibur el pasado 8 de octubre en su domicilio de Alcorcón (Madrid) incumple el artículo 12 la ley autonómica de protección de los animales domésticos de la Comunidad de Madrid, que destaca que “los ayuntamientos y las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid podrán ordenar el internamiento de los animales de compañía, en caso de que se les hubiera diagnosticado enfermedades transmisibles, ya sea para someterlos a un tratamiento curativo o para sacrificarlos si fuera necesario”.

"Resolución injusta y arbitraria"

Además, indica que fue una “resolución absolutamente injusta y arbitraria”, porque también se vulneró el principio de precaución contenido en la Ley General de Salud Pública, ya que no hubo pruebas diagnósticas del perro que justificaran “la existencia de indicios fundados de una posible afectación grave de la salud de la población”, y el principio de proporcionalidad recogido de la Ley General de Sanidad, puesto que existían “otras opciones viables” para gestionar el “posible riesgo de estar ante un animal infectado”.

La Consejería de Sanidad ordenó el sacrificio de Excálibur porque disponía de información científica que confirmaba “el hallazgo de perros con anticuerpos positivos del virus del ébola”, que no ha facilitado a la ACM a pesar de que esta asociación se lo ha requerido anteriormente. En todo caso, la denuncia precisa que el animal no fue diagnosticado y que fue sacrificado “ante el temor, falta de competencia, falta de protocolo e ignorancia para atajar el virus”, y que la resolución de Sanidad fue “absolutamente contraria a Derecho”, de manera que está “subsumida plenamente en el tipo básico del delito de prevaricación”.

Por otro lado, la ACM explica que la resolución que Sanidad envió al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Madrid para entrar en la vivienda donde estaba Excálibur, dado que Limón se negó a ello, debería haber permitido presentar alegaciones al propietario del animal o, en su caso, al custodio, ya que durante aquellas horas el veterinario y periodista Carlos Rodríguez fue el que tenía la propiedad del perro. La Asociación Contra el Maltrato critica en su escrito “las fatales actuaciones administrativas” relacionadas con este caso y “las artimañas perpetradas” por los denunciados en la gestión del sacrificio de Excálibur.