WhatsApp

Dos años de cárcel para un hombre por espiar el WhatsApp de su mujer

El tribunal sostiene que la interceptación de las comunicaciones de la víctima lesionaron «gravemente su intimidad», pues se realizaron «lógicamente sin su permiso».

La sentencia le obliga también a pagar una multa de 3.240 euros y le prohíbe acercarse a ella durante cuatro años.
La sentencia le obliga también a pagar una multa de 3.240 euros y le prohíbe acercarse a ella durante cuatro años.larazon

El tribunal sostiene que la interceptación de las comunicaciones de la víctima lesionaron «gravemente su intimidad», pues se realizaron «lógicamente sin su permiso».

La Sección Primera de la Audiencia de Alicante ha impuesto dos años de cárcel a un hombre por un delito de descubrimiento y revelación de secretostras declarar probado que espió el WhatsApp y 'reseteó' el teléfono móvil de su mujer en Elche.

La sentencia, a la que ha tenido hoy acceso Efe, le obliga también a pagar una multa de 3.240 euros y le prohíbe acercarse o comunicarse por cualquier medio con ella durante cuatro años.

Sin embargo, el tribunal le ha absuelto de siete delitos de violación, dos de amenazas, cuatro de malos tratos y uno de lesiones, por los que la fiscalía y la acusación particular reclamaban penas que en su conjunto rondaban los 78 años de prisión, informa Efe.

Consideran los magistrados que las acusaciones han aportado una base probatoria "sumamente escasa"e "insuficiente" para acreditar esas infracciones, a pesar del testimonio incriminatorio prestado por la víctima durante el juicio, que se celebró los días 27 y 28 del pasado mes de junio.

La sala solo considera probado que el procesado, J.G.A., de 32 años, aprovechó sus conocimientos de informática, pues regentaba una tienda especializada en esa materia, para instalar un programa en su ordenador con el que seguía las conversaciones que mantenía su mujer por WhatsApp.

Llegó a fotografiar algunos de esos mensajes, que ponían de manifiesto una presunta infidelidad de su pareja con otro hombre, y a enviárselos a ella.

A continuación, según recoge el fallo, que puede ser recurrido en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV), 'reseteó' el teléfono de la mujer para no dejar evidencias de su espionaje, porque sabía que ésta podía "denunciarle a la Policía".

La Audiencia de Alicante cita como prueba fundamental de la comisión de este delito la confesión que hizo el propio J.G.A. durante la instrucción de la causa, una declaración de la que se retractó, sin embargo, en el juicio.

El tribunal sostiene que la interceptación de las comunicaciones de la víctima lesionaron "gravemente su intimidad", pues se realizaron "lógicamente sin su permiso", ya que "ponían de manifiesto una presunta infidelidad en la pareja"que ella pretendía ocultar al procesado.