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Extraen semen de un muerto en accidente de tráfico para inseminar a su pareja

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La mujer solicita autorización para realizarse una fecundación in vitro pero la Ley de Reproducción Asistida sólo lo permite si hay consentimiento paterno

Un especialista en urología ha extraído en Sevilla semen del cadáver de un hombre que murió en un accidente de tráfico tras la solicitud de su mujer, pareja de hecho del fallecido, que quiere tener un hijo mediante inseminación artificial, lo que tendrá que decidir un juez, informa Efe.

Fuentes judiciales han explicado a Efe que la mujer solicitó al juzgado de guardia que se le extrajera semen a su marido, operación que se tuvo que hacer en un plazo de menos de 24 horas de la muerte del hombre para que los espermatozoides pudiera usarse, en un plazo de un año, con éxito.

El juzgado autorizó la operación de extracción de "espermatozoides testiculares" del hombre, que murió a finales de 2014, y ordenó su conservación en un lugar especializado y congelado en nitrógeno a 196 grados bajo cero a la espera de que pudieran utilizarse.

Para autorizar el posterior uso, el juzgado que decida la solicitud de la mujer tendrá que interpretar la Ley de Reproducción Humana Asistida, según han señalado las fuentes consultadas, que en España sólo conocen cuatro casos similares pero no idénticos y todos ellos negativos a la petición de las mujeres.

El artículo 9 de la ley indica que el hombre tendría que haber dado autorización expresa para usar su semen en caso de muerte, lo que podría demostrarse en caso de que la mujer estuviera sometida a un régimen de inseminación artificial. Así, el abogado Joaquín Moeckel explica a LA RAZÓN que, mientras el juzgado de guardia “hizo bien en autorizar la extracción, pues es una medida cautelar que no vincula nada”. Sin embargo, a la hora de entregar el material reproductor, se necesita que la mujer acredite que el fallecido lo había expresado en sus últimas voluntades o, que pruebe que la pareja se estaba sometiendo a un caso de reproducción asistida. “Si no se da el caso, no debería facilitarse la muestra, e incluso podría decretarse su destrucción. El material reproductor no puede entregarse por amor”, señala.

En caso de que se autorice judicialmente, el hijo podría tener consideración "patrimonial", es decir, que sería inscrito como descendiente de su padre muerto y de su madre, han precisado las fuentes.