Energía eléctrica
Facua denuncia a 16 compañías por lucrarse «ilegalmente» con líneas 902
Facua ha denunciado a dieciséis proveedores de servicios de telecomunicaciones que ofrecen la contratación de líneas 902 con el reclamo de obtener un beneficio económico por cada llamada recibida y pide a las autoridades competentes que investiguen el uso fraudulento de estas líneas. En concreto, la asociación de consumidores ha denunciado a Eagertech 21, Elmuelle Servicios Hosting, Persé Comunicaciones, Urban Network Solutions, New Business Synergies, Sysba NK International, Global Telecom, Suministro y Asistencia Tecnológica, Zebramedia Technology Systems, Nuevas Inversiones Tecnológicas Asociadas, Placavoz, Cetait, Midworld Networks, Globomail, Comersites y Aplicaciones de Servei Monsan.
Las denuncias han sido remitidas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aecosan) y otras autoridades de protección al consumidor autonómicas. Además, Facua pide a las autoridades de consumo y telecomunicaciones que abran una investigación para conocer qué empresas se lucran ilegalmente utilizando teléfonos de atención al cliente con prefijo 902 para ingresar un porcentaje del importe que pagan los usuarios por las llamadas.
La asociación recuerda que estas líneas tienen tarifas especiales y no están incluidas en los bonos y tarifas planas de las compañías de telecomunicaciones, por lo que llamar a ellas representa un "importante sobrecoste"para los usuarios. Facua explica que, si bien estos teléfonos que dan cada vez "peor imagen"a las empresas e instituciones que los utilizan en lugar de los prefijos gratuitos 900 y 800 o prefijos geográficos, el beneficio económico puede ser la justificación por la que muchas siguen utilizándolas.
La asociación subraya que recuerda que la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones define los 902 como "números de tarifas especiales sin retribución para el llamado"y añade que beneficiarse con las llamadas a los teléfonos de atención al cliente es una práctica prohibida expresamente en el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
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