Accidente de tráfico
Latigazo cervical: de 10.000 a 4.000 euros por accidente
El nuevo baremo de valoración de daños en siniestros de tráfico rebaja las indemnizaciones a los heridos con lesiones leves
Las indemnizaciones en caso de accidente de tráfico están a punto de cambiar. El Congreso de los Diputados tramita ahora el proyecto de ley que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en caso de accidente. Hacía veinte años que no se modificaba, a pesar de que los niveles de accidentalidad han cambiado de forma sustancial y se podría decir que ya son «europeos» por la reducción que hemos experimentado en los últimos años. Sin embargo, aunque las indemnizaciones para grandes lesionados sufren una mejora evidente no ocurre lo mismo en el caso de los lesionados en accidente de tráfico que no sean de gravedad, que en el año 2014 supusieron el 86,4%, según el último informa de Mutua Madrileña sobre la evolución de la siniestralidad vial en España.
La Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil (ADEVI) ha denunciado que lesiones como el latigazo cervical, una de las más habituales en los accidentes de tráfico que se producen con frecuencia en ciudad por alcances o golpes laterales tienen indemnizaciones que se quedan reducidas a la mitad.
Supongamos que una persona de 30 años está 60 días de baja laboral y otros 30 no está impedida pero requiere rehabilitación. Además, a consecuencia del daño, tiene molestias crónicas en las cervicales, dolores de cabeza, a veces siente vértigo o cierto hormigueo en las manos. Con el baremo actual cobraría una indemnización de 10.686,82 euros, con el nuevo se quedaría reducido a 4.447 euros, ya que lo que se pagará, según el proyecto legal, son sólo los días de baja laboral de la víctima.
Con medidas como esta las aseguradoras tratan de poner coto al fraude que se produce con esta lesión muchas veces difícil de demostrar y que las compañías irónicamente denominan el «cuponazo cervical» por las indemnizaciones que se perciben muchas veces sin padecer la lesión. La aseguradora Línea Directa calcula que de cien casos en los que se alega haber sufrido un latigazo cervical por el impacto de otro coche cuatro son falsos. Un fraude que ha cuantificado en mil millones al año.
Axa llegó a alertar de la existencia de bandas organizadas dedicadas a simular golpes y lesiones previo acuerdo de conductores de manera sistemática de tal manera que llegó a computar 40 en el año 2014. Lo cierto que el latigazo cervical hace desembolsar a las compañías aseguradoras europeas la friolera de 10.000 millones de euros al año.
La Asociación de Abogados de Víctimas de Responsabilidad Civil no niega que exista el fraude pero considera que «no se puede eliminar una secuela reconocida desde el punto de vista traumatológico porque exista una bolsa de fraude», explica Juan Godofredo Jiménez , vicepresidente de Adevi.
«lo que se debe habilitar son medidas para evitarlo como, por ejemplo, establecer el derecho del médico de la compañía a examinar a la víctima cuantas veces considere porque si bien es cierto que una persona puede aprenderse de memoria todos los síntomas de un latigazo, un médico experimentado es capaz de detectar a un defraudador.También propugnamos que se creen bases de datos a las que tengan acceso las aseguradoras con el historial de lesionados para ver si se repite».
El proyecto de ley que está generando polémica en el Congreso , hasta el punto de que IU prevé presentar una enmienda a la totalidad que se debatirá en pleno el 11 de junio, suprime también las indemnizaciones por incapacidad permanente parcial. Imaginemos que una persona corre diariamente para mantenerse en forma y tras un accidente sufre molestias en una pierna que no le permite realizar esta práctica todos los días, sino sólo dos a la semana. Con el nuevo baremo, la indemnización por esta posibilidad «se pierde», es decir, será de cero euros, según el proyecto de ley, cuando ahora se indemizaba con hasta 19.172,54 euros.
También se endurecen las circunstancias para que una aseguradora reconozca depresión o estrés prostraumático en la víctima de un siniestro. Ahora, sólo era necesario que un psiquiatra acreditase esa depresión, ansiedad o estado de temor tras verse implicado en un accidente sin que necesariamente tuviera que haber muertos. El proyecto de ley considera necesario a efectos de indemización «que el accidente haya sido catastrófico, se hayan producido lesiones graves o mortales», para reconocer el estrés y que «las lesiones hayan sido graves con tratamientos complejos y de larga duración con secuelas importantes», para que se considere una depresión. Los abogados consideran que el reconocimiento de estas dos circunstancias «no debe depender tanto de las características del accidente como de la fortaleza psicológica de cad uno».
La asociación DIA de víctimas de accidente tampoco está de acuerdo con los cambios introducidos. «Se mejoran las aportaciones a los grandes lesionados pero se perjudica a los más de 560.000 heridos leves anuales. Ha sido un cambio de cromos que solo beneficia a la patronal aseguradora y a unos cuantos que viven de esto. Con las dificultades para tener justicia por la reforma del Código Penal, la modificación de los tiempos para reclamar y ahora el baremo se dificultará una parte elevadisima de las reclamaciones de los heridos anuales» dice su presidente, Francisco Canes.
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