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Coronavirus: ¿Están garantizadas las entregas de las compras realizadas por Internet durante el estado de alarma?

Entre las modificaciones introducidas al Decreto que regula esta situación, figura esta modificación relativa a la seguridad y garantía de los suministros

Comprar a golpe de click hasta vaciar la cuenta del anciano fallecido por Covid
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Una de las cuestiones más planteadas, tras el establecimiento del estado de alarma, es qué va a pasar con las compras que realicemos a través de Internet. En este sentido, el Gobierno de Pedro Sánchez, a través del Ministerio de Transportes, ha confirmado que garantizará, durante el periodo que dure el estado de alarma, las entregas de los productos que los ciudadanos compren a través de Internet, por teléfono o por correspondencia.

Así se establece en virtud de la modificación del Decreto del estado de alarma que el Consejo de Ministros aprobó en su reunión de este martes y que este miércoles publica el Boletín Oficial del Estado (BOE). Entre las modificaciones introducidas al texto aprobado el pasado sábado, figura esta ampliación en lo relativo a la seguridad y garantía de los suministros.

El artículo 14 del Decreto de declaración del estado de alarma aprobado el sábado, el referido a los transportes, establecía en su apartado cuarto que “por resolución del Ministro de Transportes, se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional con objeto de garantizar el abastecimiento”.

En virtud de la modificación, este apartado se ha ampliado para incluir las compras a distancia. De esta forma, el texto queda como sigue: “Por resolución del Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se establecerán las condiciones necesarias para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con objeto de garantizar el abastecimiento y la entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia”.