Menores en internet

Sacaron a mi hija de la clase porque no firmamos el consentimiento de difusión de redes de su imagen

Ahora que comienzan el periodo de inscripción para el próximo curso es bueno saber qué es el consentimiento y qué podemos reclamar. Hablamos con un experto.

La difusión de una actividad en redes nunca puede ser más importante que la actividad. Sobre todo si impide que participen alumnos.
La difusión de una actividad en redes nunca puede ser más importante que la actividad. Sobre todo si impide que participen alumnos.larazonEUROPA PRESS

Uno de los objetivos de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) es la protección de los derechos de los menores en internet. Y una de las consultas más frecuentes que reciben tiene que ver con si los centros educativos pueden captar imágenes de los alumnos durante las actividades escolares y subirlas a internet. Aquí comienza la polémica porque “cada vez son más los padres y madres que se comunican conmigo para decirme que han apartado a sus hijos de una actividad por no firmar el consentimiento”, nos explica el perito judicial informático, Pablo Duchement, con quien hemos hablado en otras oportunidades.

De acuerdo con la AEPD hay que “diferenciar entre si el centro capta imágenes como parte de su función educativa (en cuyo caso los centros estarían legitimados para ello) o si las grabaciones exceden la función educativa -como sería la difusión del centro y de sus actividades- para lo que se necesita el consentimiento de los interesados o de sus padres o tutores. Se pueden tomar imágenes de los alumnos en determinados eventos desarrollados en el entorno escolar con la única finalidad de que los padres puedan acceder a ellas, pero debe hacerse en un entorno seguro. En ningún caso el hecho de grabar supone que se puedan difundir las imágenes de forma abierta en internet”.

El problema se presenta cuando algún docente o una institución ignora estos permisos y publica las imágenes, en la cuenta del centro educativo o en la suya personal. No solo es posible identificar a los menores, también, por el uniforme al centro al que acuden. Y esto es peligroso, no solo por cuestiones de cirberacoso, sino también por algo más cotidiano aún: la discriminación.

Duchement, quien lleva años luchando contra la discriminación y el acoso y es un referente, nos relata un caso real. “En clase de inglés infantil, una profesora trae a un payaso que habla inglés nativo para dar una clase divertida de pronunciación mientras hace su espectáculo. La familia de una de las alumnas, de cinco años, no ha consentido la difusión en redes sociales de su imagen. A la pequeña se la saca de su clase cuando empieza la actuación y se la lleva a la clase de al lado donde la ponen a dibujar, mientras comparte aula con alumnos mayores. Así hasta que el espectáculo del payaso termina. La niña se pasó toda la hora llorando mientras oía las risas de sus compañeros, que disfrutaban del payaso, al otro lado de la pared”.

El problema no es que los padres hayan dado o no el consentimiento de publicar imágenes de su hija, el verdadero problema es que para determinados docentes es más importante la posibilidad de difundir la actividad que la actividad misma. Y, por si fuera poco el centro termina culpando a los padres de la alumna, de acuerdo al relato de Duchement: “hubo una discusión posterior entre el equipo directivo y los padres y los primeros les dijeron que si alguien había discriminado eran ellos que les habían obligado a sacar a la alumna de clase porque denegaron el permiso de publicación de la imagen”.

Y como este hay decenas de casos. Lo importante es el aprendizaje, no mostrar que están aprendiendo. Y la ley se ha hecho para que los padres, madres o tutores tengan esa opción. No es prerrogativa del centro decidirlo por cuenta propia y menos aún privar al menor de una actividad por este motivo. ¿Y entonces qué hacemos si unos padres sí quieren la divulgación, otros no y nos resulta imposible satisfacer a ambos? Hay varias opciones. No tienen porqué salir todos los menores en la imagen, se pueden mostrar detalles de la actividad, a los niños de espalda, las manos de los alumnos pintando. Tambien se pueden hacer dos fotos de grupo, una con los alumnos que dieron el consentimiento y otra con todos los alumnos y en redes solo se publica la primera, pero nadie pierde la actividad … Hay muchas posibilidades, pero “cuando está en juego la protección de los menores, la opción más restrictiva se impone”, concluye Duchement.

¿Por qué hay tanto problema para comprender esto? Porque nos han hecho creer que si no aparece en redes sociales es que no ha sucedido. Y ese es un tema que sí hay que difundir en redes sociales y trabajar en los centros educativos o con expertos como Duchement.